Cláusula avalista en el contrato de arrendamiento

La cláusula de avalista en el contrato de arrendamiento es cada vez más habitual, ya que es una forma más de garantizarse que el inquilino no acabará dejando rentas sin pagar. Es algo totalmente legal y que evita abusar de otras figuras como la fianza.

Qué es un aval y cuándo es necesario

El aval es una figura jurídica a través de la cual una persona física o jurídica garantiza el cumplimiento de las obligaciones asumidas por otra, realizando el pago de la deuda en caso de que el obligado principal no lo haga. El aval es una garantía que, en el caso del contrato de arrendamiento, asegura al arrendador que cobrará la renta aunque el inquilino se haya quedado sin solvencia.

Es perfectamente normal exigirle garantías a alguien que está interesado en alquilar una vivienda, pero muchas veces se hace mal. Muchos propietarios intentan protegerse frente al impago exigiendo al inquilino varios meses de fianza, pero exigir más de dos no es legal.

Además, la fianza no puede actuar nunca como garantía del pago, sino que es simplemente una cantidad que se abona por si, en su momento, el propietario tiene que realizar algún arreglo en la vivienda una vez finalizado el contrato (pintar, reponer algún mueble, etc.)

En lugar de cometer errores con la fianza, lo que hay que hacer es exigir garantías, e incluir una cláusula de avalista en el contrato de alquiler es la forma más sencilla de conseguirlo.

En qué consiste la cláusula avalista en el contrato

El contrato de alquiler con avalista le aporta una mayor seguridad al propietario del inmueble, puesto que si el inquilino no paga, lo hará el titular del aval.

La cláusula sobre el avalista se recoge en el mismo contrato de alquiler y suele ser una de las últimas. En ella, se especifica claramente que hay una persona que se constituye como fiador personal y solidario de las obligaciones que se derivan del contrato. Y que se compromete a pagar todas y cada una de las cantidades que asume el arrendatario al alquilar el inmueble si este incumple, así como a abonar los gastos judiciales si estos fueron necesarios.

También es importante reflejar que la obligación para el avalista se extiende a lo largo de toda la duración del contrato y de las prórrogas que pudieran producirse.

Esta cláusula recogerá la información personal del avalista: nombre y apellidos, NIF, y domicilio a efecto de notificaciones. Además, dado que él también se está obligando con el contrato, es imprescindible que su firma figure en todas las páginas del documento.

El avalista no tiene que ser necesariamente una persona, puede ser un aval bancario. En este caso, se estipula la cantidad que se desea garantizar (por ejemplo tres meses de renta) y el inquilino debe ir a su entidad bancaria para constituirlo. Esto implica que su banco va a retener esa cantidad de su cuenta y que la entregará al arrendador si este acredita que el arrendatario no ha cumplido con su obligación de pago.

La diferencia entre el aval bancario y el aval personal y solidario es que el primero suele estar más limitado y se refiere solo a unos pocos meses, mientras que el aval solidario y personal se extiende a todas las obligaciones económicas derivadas del contrato que se hayan incumplido, por el tiempo que sea suficiente para resolver el acuerdo y proceder al desahucio.

Responsabilidad del aval en un alquiler

En Terrassa, se han multiplicado los contratos de alquiler que llevan una cláusula referida al aval, porque se está comprobando que es una de las mejores formas de garantizar el pago. Cuando el inquilino pone como avalista a una persona importante para él, es mucho menos probable que deje de pagar la renta.

Como decíamos antes al explicar cómo debía ser la cláusula, el avalista asume las mismas obligaciones de pago que recaen sobre el inquilino en caso de que este incumpla. Es decir, tendrá que pagar al propietario de la vivienda la renta mensual, pero también otros gastos que se hayan pactado: los recibos de los suministros, los impuestos y tasas, posibles desperfectos en el inmueble, etc.

Es especialmente importante reseñar que, para que esta garantía sea realmente efectiva, todos esos gastos deben quedar recogidos en el contrato por escrito. Es una forma de aportar seguridad tanto al propietario como al propio avalista.

El avalista en el contrato de alquiler no tiene por qué ser único, puede haber varios. En caso de ser así, hay que establecer la responsabilidad de cada uno o si, por el contrario, existe una responsabilidad solidaria. Esto último quiere decir que a cualquier avalista se le puede exigir el pago de la totalidad de la deuda de la persona avalada.

Incluir una cláusula de avalista en el contrato de arrendamiento siempre es buena idea, como también lo es contar con la ayuda de los especialistas de nuestro equipo a la hora de tratar temas como la gestión y el alquiler de una vivienda.

Además, hay empresas que prestan servicios de gestión del alquiler, tal es nuestro caso en Administración de Alquiler Garantizada, la única administración que garantizamos de Terrassa. Gracias a nuestro equipo de profesionales, podrás cobrar el alquiler el día 5 de cada mes, garantizando todas las condiciones de un alquiler seguro, y no tendrás que preocuparte por la gestión del mismo ni por los problemas que pudieran derivar del arrendamiento.

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Certificado de deuda en la comunidad de propietarios antes de una compraventa

El certificado de deuda en la comunidad de propietarios es un documento sencillo y rápido de obtener que puede evitarte muchos problemas en el futuro, independientemente de si estás comprando un inmueble en Terrassa para vivir en él o si lo haces a modo de inversión para ponerlo en el mercado de alquiler y obtener rendimiento.

Qué es el certificado de deuda de la comunidad de propietarios

Se trata de un documento de carácter privado que emite el administrador o el secretario de la comunidad, y en el que se deja constancia de la existencia o inexistencia de cuotas pendientes de pago por parte del titular de la vivienda.

El documento debe expedirse en un plazo de siete días naturales desde que sea solicitado y, como luego veremos, lo importante es tenerlo antes de la firma de la escritura de transmisión de la propiedad. El contenido obligatorio es el siguiente:

Cómo se obtiene el certificado de deuda de la comunidad de propietarios

Se puede vender un piso con deudas de comunidad, pero lo lógico es que el nuevo propietario no quiera hacerse cargo de estas cantidades que, en su momento, otra persona dejó de pagar. De ahí, la existencia de este certificado.

La Ley de Propiedad Horizontal dispone que quien va a vender su vivienda tiene la obligación de certificar que el estado de deudas con la comunidad coincide con su declaración de hallarse al corriente de pago, o con las cantidades que ha dicho que adeudaba.

De hecho, la Ley también señala que el notario no autorizará la transmisión del inmueble si no se ha presentado el certificado de deuda de la comunidad de propietarios, salvo que el comprador haya exonerado expresamente de esta obligación al vendedor.

La certificación la solicita el vendedor al administrador o secretario de la comunidad, que llevará a cabo una comprobación de las cuentas contables y revisará el estado financiero de la comunidad de vecinos. Con la información obtenida de su análisis, emitirá el correspondiente documento expresando si existen deudas pendientes de pago o no. El Presidente de la comunidad será informado de este trámite y deberá dar su visto bueno al documento.

Aunque su elaboración no debe demorarse más de siete días, tampoco conviene dejarlo para el último momento. Lo más común en estos casos es solicitarlo unas dos semanas antes de la fecha prevista para firmar la compraventa ante el Notario.

Por qué es necesario al celebrar una compraventa

Cuando se trata de cómo saber si un piso tiene deudas con la comunidad, lo mejor es exigir al vendedor que presente este certificado del que estamos hablando.

Tal y como señalábamos antes, la propia Ley de Propiedad Horizontal determina que el transmitente tiene la obligación de presentar este documento, ya que, en caso contrario, no se formalizará la escritura pública. No obstante, el comprador le puede exonerar de esta obligación, pero esto es un error.

“He comprado un piso con deudas de comunidad, ¿qué puedo hacer ahora?” Es la pregunta que se formulan aquellos que en su momento se fiaron de la palabra del vendedor y no pidieron que se presentara el certificado en el acto de transmisión de la propiedad. Y lo cierto es que tienen poco margen de actuación, porque serán ellos como nuevos propietarios los que deberán responder de las cantidades pendientes.

La ley determina que, en caso de existir deudas, el nuevo propietario debe responder de las cantidades adeudadas durante el año en que se produjo la transmisión de la propiedad y las vencidas en los tres años naturales anteriores.

No hay forma de reclamar nada frente al vendedor si el comprador renunció a su derecho a informarse de la situación real a través de un certificado. Así que, ahora el nuevo propietario será el único responsable de las deudas pendientes, que pueden sumar varios cientos e incluso miles de euros.

Si quieres comprar una vivienda con todas las garantías, no lo dudes y exige que se te presente el certificado de deuda con la comunidad de propietarios, estás en todo tu derecho de hacerlo y el vendedor tiene la obligación de ponerlo a tu disposición.

Tanto en la compraventa como en los alquileres nunca viene mal contar con el asesoramiento de especialistas. Si lo que quieres es poner tu casa en alquiler en Terrassa, cuenta con nuestro equipo, te asesoraremos en todo lo que necesites.

De acuerdo con los datos recogidos por el Instituto Nacional de Estadística, actualmente en España el número de viviendas en propiedad es muy superior al número de viviendas en alquiler. Sin embargo, este escenario está cambiando como consecuencia del incremento de los gastos hipotecarios a los que tendrán que hacer frente los propietarios. Debido a esta circunstancia, sumado al hecho del aumento del precio de la vivienda, son muchos los que deciden alquilar en lugar de adquirir una vivienda.

Esta tesitura se repite en toda España. De hecho, son muchos los que optan por alquilar en municipios cercanos a grandes ciudades como Madrid o Barcelona debido a los altos alquileres de estas ciudades. Por eso, cada vez son más los que apuestan por alquilar una vivienda en Terrassa, un municipio a tan solo 35 minutos en coche de la Ciudad Condal, cuenta con más de 200 000 habitantes y todos los servicios necesarios, lo que la hace ideal para vivir.

En cualquier caso, se ha de tener en cuenta que alquilar una vivienda comporta una serie de riesgos para el propietario que, aprovechando esta tesitura, decide poner en alquiler una segunda vivienda para ganar algo de dinero extra a final de mes. Para evitar problemas, lo mejor es conocer las condiciones de un alquiler seguro y cómo realizar un contrato de alquiler seguro.

¿Es posible alquilar una vivienda de forma segura?

Los propietarios de una vivienda puesta en alquiler corren una serie de riesgos, entre los que se encuentran el impago de las rentas por parte de los inquilinos y los posibles desperfectos que se puedan provocar en el inmueble.

Es por ello por lo que, a la hora de poner en alquiler una vivienda, los propietarios deberán tomarse el tiempo necesario para buscar a un buen inquilino. No obstante, y teniendo en cuenta que el alquiler es una relación bilateral, es igualmente importante que el propietario asuma sus obligaciones, de forma que la relación casero-inquilino sea estable y duradera.

En cualquier caso, ¿es posible alquilar una vivienda de forma segura? Desde luego que sí. De hecho, en el mercado existen profesionales como nuestro equipo en Administración de Alquiler Garantizada, donde prestamos un servicio de asesoramiento y gestión del alquiler de la vivienda en Terrassa, de forma que, como propietario, puedas evitar los riesgos y posibles problemas derivados del alquiler del inmueble.

Condiciones para el alquiler seguro de una vivienda

Para conseguir un contrato de alquiler seguro, hay que conocer las condiciones y es conveniente seguir algunos consejos. Son los siguientes:

Inventario

Es imprescindible, antes de poner la vivienda en alquiler, elaborar un inventario en el que se refleje todo lo que está dentro del inmueble alquilado. Así pues, en el inventario deberán aparecer los muebles y electrodomésticos con los que cuenta la vivienda, así como el menaje y todo lo que vaya a usar el inquilino. De esta forma, el inventario servirá para acreditar los daños que hubiera provocado el inquilino en la vivienda al finalizar el alquiler.

Pago de los suministros

Una vez alquilada la vivienda, es importante fijar quién será el titular de los suministros, el inquilino o el casero.

Cláusulas de prohibición

El contrato de alquiler deberá contener las cláusulas con las prohibiciones que el propietario de la vivienda quiera imponer a los inquilinos. Así pues, es común que los contratos de alquiler prohíban el subarriendo de la vivienda o la convivencia con animales.

Garantías de pago

Una de las condiciones más importantes que aportarán seguridad al contrato de alquiler es la exigencia de garantías de pago como un aval durante todo el periodo del contrato de alquiler. No obstante, existen algunos productos en el mercado que garantizan al propietario que recibirá el alquiler mensual de la vivienda. Este es el caso de los seguros de impago del alquiler, en virtud de los cuales la compañía aseguradora pagará hasta un máximo de 12 mensualidades en caso de impago por parte del inquilino, además de encargarse del proceso judicial de reclamación por el impago de las mensualidades del alquiler.

Fianza

De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, el inquilino deberá dar una fianza de un mes de alquiler cuando el inmueble se use como vivienda. No obstante, el casero y el inquilino podrán acordar otro tipo de garantías de pago, además de la correspondiente fianza, que es obligatoria por Ley.

Poner una vivienda en alquiler entraña una serie de riesgos para los propietarios, quienes pueden sufrir el impago del alquiler o los desperfectos que los inquilinos provoquen en el inmueble. No obstante, existen ciertas condiciones que garantizan un contrato de alquiler seguro.

Además, hay empresas que prestan servicios de gestión del alquiler, tal es nuestro caso en Administración de Alquiler Garantizada, la única administración que garantizamos de Terrassa. Gracias a nuestro equipo de profesionales, podrás cobrar el alquiler el día 5 de cada mes, garantizando todas las condiciones de un alquiler seguro, y no tendrás que preocuparte por la gestión del mismo ni por los problemas que pudieran derivar del arrendamiento.

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¿QUÉ ES Y CÓMO PUEDO PEDIR EL BONO JOVEN DEL ALQUILER?

Desde hace meses, contamos con el llamado bono joven del alquiler;  una  ayuda económica que el Estado está otorgando a la gente joven que vive de alquiler y que se ha ido implementando de manera progresiva y por comunidades. Actualmente, hay ciertas comunidades que aún mantienen abiertas las solicitudes hasta que se acabe el crédito destinado a estas ayudas o hasta finales de 2023. Sin embargo, hay otras comunidades en que ya se ha cerrado la convocatoria y no puede solicitarse.

¿En qué consiste el bono joven del alquiler?

Este bono es una ayuda otorgada por el Estado, consistente en la otorgación de un cheque de 250 euros mensuales a la gente joven para pagar el alquiler de una vivienda. Dicha ayuda puede ser destinada para el pago del alquiler tanto de una vivienda al completo, como para el pago del alquiler de una habitación.

Así pues, se trata de un bono que comporta una ayuda total de 3.000 euros anuales, y tan solo podrá disfrutarse como máximo durante dos años.

¿Qué requisitos debo cumplir para solicitar el bono joven del alquiler?

A dicho bono no puede acceder todo el mundo, ya que el mismo está pensado para la gente más joven, al ser entendida como la población más vulnerable o con más problemas económicos a la hora de acceder a una vivienda. Por eso el objetivo de esta ayuda es facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes.

En consecuencia, se debe de cumplir una serie de requisitos para poder acceder a dicha ayuda. Dichos requisitos son los siguientes (aunque deberemos fijarnos en cada comunidad por si algún requisito varía en algo):

- Ser titular o cotitular de un contrato de alquiler

- Que la renta a abonar por el alquiler no sea superior a 600.-€ mensuales o 300.-€ mensuales si el alquiler es de una habitación; o 900.-€ mensuales para vivienda o 450.-€ mensuales si se trata de una habitación que se encuentre en zonas especialmente tensionadas, y previo acuerdo de la comisión de seguimiento.

- Tener entre 18 y 35 años

- Tener unos ingresos anuales inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

¿Cómo saber si aún estoy a tiempo de pedir el bono en mi comunidad?

Como indicábamos al inicio, no todas las Comunidades se encuentran en la misma fase a la hora de solicitar el bono joven del alquiler. Así pues, dado que para solicitarlo es necesario acceder a cada organismo autonómico, a continuación, os dejamos un link que os dirigirá a la oficina electrónica de algunas de las comunidades que aún mantienen abierto el plazo, con el fin de que podáis obtener de ahí toda la información y plazos concretos acerca del bono:

1.- Bono joven en Andalucía: plazo abierto hasta el 14 de febrero de 2023

Todos aquellos jóvenes que estéis interesados en solicitar la ayuda, debéis saber que solamente podréis solicitarla de forma telemática, en el siguiente link: Bono Alquiler Joven en Andalucía - Junta de Andalucía (juntadeandalucia.es).

2.- Bono joven en Asturias: plazo abierto hasta el 30 de diciembre de 2023

En el caso de Asturias, se dispone todavía de todo el año 2023 para solicitar la ayuda, mediante el siguiente link: https://sede.asturias.es/-/dboid-6269000074395023607573

3.- Bono joven en Castilla-La Mancha: plazo abierto hasta el 2 de mayo de 2023

Para los jóvenes de esta Comunidad, aún hay cierto plazo para solicitar la Ayuda. Os dejamos el link que os llevará a toda la información al respecto: https://vivienda.castillalamancha.es/ayudas-y-subvenciones-ayudas-al-alquiler-de-viviendas/bono-alquiler-joven

4.- Bono joven en La Rioja: Plazo abierto hasta el 1 de septiembre de 2025

Os dejamos el link desde donde obtener toda la información y solicitar la ayuda de forma telemática: Oficina electrónica - Portal del Gobierno de La Rioja

Por su lado, hay Comunidades en las que la convocatoria 2022 ha finalizado y se ha cerrado el plazo para poder solicitar la ayuda. No obstante, hay que estar atentos ya que, en cualquier momento, abrirán la convocatoria para el presente año 2023. Así pues, os dejamos a continuación el link de algunas de las Comunidad en que, por ahora, el plazo ya está cerrado, con el objeto de que podáis ir controlando cuando se abrirá nueva convocatoria para este año.

1.- Bono joven en Cantabria

BONO JOVEN ALQUILER (Convocatoria cerrada) - Vivienda de Cantabria - cantabria.es

2.- Bono joven en Castilla y León

Bono alquiler joven en la Comunidad de Castilla y León | Sede Electrónica | Junta de Castilla y León (jcyl.es)

3.- Bono joven en Cataluña

Subvenciones del Bono Alquiler Joven. gencat.cat

4.- Bono joven en Navarra

Navarra cuenta actualmente con un programa propio de la Comunidad de ayudas al alquiler llamado EMANZIPA y que es equivalente al bono estatal. Los requisitos para obtener dicha ayuda son los siguientes:

  1. Edad: entre 23 y 32 años.

El requisito de edad debe cumplirse a 31 de diciembre de cada año (no se puede acceder si el año en que solicitas Emanzipa has cumplido o cumplirás 32 años).

  1. Ingresos mínimos: 3.000 euros. Y máximos: 20.000 euros, si tu unidad familiar solo la formas tú, y 30.000 euros si tu unidad familiar la formáis más de 1 persona. Expresados como parte general de la base imponible más rentas exentas (casilla 507 y 529 de tu IRPF). Deben ser ingresos referidos al año cuyo periodo de presentación de IRPF haya concluido.3. Renta máxima de la vivienda: 675 euros mensuales.

A continuación, os dejamos el link desde donde podréis acceder: EMANZIPA. Ayudas al alquiler joven - navarra.es

5.- Bono joven en País Vasco

El País Vasco es otra de las Comunidades que cuenta con un programa propio de ayudas para los jóvenes que viven de alquiler. Este programa es el llamado GAZTELAGUN, que está abierto hasta 2026; pudiendo acceder al mismo en el desde aquí: Ayudas al alquiler de Vivienda del programa GAZTELAGUN - Gobierno Vasco (euskadi.eus)

Los requisitos básicos que se necesitan son los siguientes:

6.- Bono Joven en Madrid

Ayudas al Alquiler de Vivienda 2021 | Comunidad de Madrid

Esperamos que este artículo les haya sido de interés, y si tiene alguna duda contacten con nosotros y les asesoraremos.

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Condiciones para el alquiler seguro de tu vivienda

De acuerdo con los datos recogidos por el Instituto Nacional de Estadística, actualmente en España el número de viviendas en propiedad es muy superior al número de viviendas en alquiler. Sin embargo, este escenario está cambiando como consecuencia del incremento de los gastos hipotecarios a los que tendrán que hacer frente los propietarios. Debido a esta circunstancia, sumado al hecho del aumento del precio de la vivienda, son muchos los que deciden alquilar en lugar de adquirir una vivienda.

Esta tesitura se repite en toda España. De hecho, son muchos los que optan por alquilar en municipios cercanos a grandes ciudades como Madrid o Barcelona debido a los altos alquileres de estas ciudades. Por eso, cada vez son más los que apuestan por alquilar una vivienda en Terrassa, un municipio a tan solo 35 minutos en coche de la Ciudad Condal, cuenta con más de 200 000 habitantes y todos los servicios necesarios, lo que la hace ideal para vivir.

En cualquier caso, se ha de tener en cuenta que alquilar una vivienda comporta una serie de riesgos para el propietario que, aprovechando esta tesitura, decide poner en alquiler una segunda vivienda para ganar algo de dinero extra a final de mes. Para evitar problemas, lo mejor es conocer las condiciones de un alquiler seguro y cómo realizar un contrato de alquiler seguro.

¿Es posible alquilar una vivienda de forma segura?

Los propietarios de una vivienda puesta en alquiler corren una serie de riesgos, entre los que se encuentran el impago de las rentas por parte de los inquilinos y los posibles desperfectos que se puedan provocar en el inmueble.

Es por ello por lo que, a la hora de poner en alquiler una vivienda, los propietarios deberán tomarse el tiempo necesario para buscar a un buen inquilino. No obstante, y teniendo en cuenta que el alquiler es una relación bilateral, es igualmente importante que el propietario asuma sus obligaciones, de forma que la relación casero-inquilino sea estable y duradera.

En cualquier caso, ¿es posible alquilar una vivienda de forma segura? Desde luego que sí. De hecho, en el mercado existen profesionales como nuestro equipo en Administración de Alquiler Garantizada, donde prestamos un servicio de asesoramiento y gestión del alquiler de la vivienda en Terrassa, de forma que, como propietario, puedas evitar los riesgos y posibles problemas derivados del alquiler del inmueble.

Condiciones para el alquiler seguro de una vivienda

Para conseguir un contrato de alquiler seguro, hay que conocer las condiciones y es conveniente seguir algunos consejos. Son los siguientes:

Inventario

Es imprescindible, antes de poner la vivienda en alquiler, elaborar un inventario en el que se refleje todo lo que está dentro del inmueble alquilado. Así pues, en el inventario deberán aparecer los muebles y electrodomésticos con los que cuenta la vivienda, así como el menaje y todo lo que vaya a usar el inquilino. De esta forma, el inventario servirá para acreditar los daños que hubiera provocado el inquilino en la vivienda al finalizar el alquiler.

Pago de los suministros

Una vez alquilada la vivienda, es importante fijar quién será el titular de los suministros, el inquilino o el casero.

Cláusulas de prohibición

El contrato de alquiler deberá contener las cláusulas con las prohibiciones que el propietario de la vivienda quiera imponer a los inquilinos. Así pues, es común que los contratos de alquiler prohíban el subarriendo de la vivienda o la convivencia con animales.

Garantías de pago

Una de las condiciones más importantes que aportarán seguridad al contrato de alquiler es la exigencia de garantías de pago como un aval durante todo el periodo del contrato de alquiler. No obstante, existen algunos productos en el mercado que garantizan al propietario que recibirá el alquiler mensual de la vivienda. Este es el caso de los seguros de impago del alquiler, en virtud de los cuales la compañía aseguradora pagará hasta un máximo de 12 mensualidades en caso de impago por parte del inquilino, además de encargarse del proceso judicial de reclamación por el impago de las mensualidades del alquiler.

Fianza

De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, el inquilino deberá dar una fianza de un mes de alquiler cuando el inmueble se use como vivienda. No obstante, el casero y el inquilino podrán acordar otro tipo de garantías de pago, además de la correspondiente fianza, que es obligatoria por Ley.

Poner una vivienda en alquiler entraña una serie de riesgos para los propietarios, quienes pueden sufrir el impago del alquiler o los desperfectos que los inquilinos provoquen en el inmueble. No obstante, existen ciertas condiciones que garantizan un contrato de alquiler seguro.

Además, hay empresas que prestan servicios de gestión del alquiler, tal es nuestro caso en Administración de Alquiler Garantizada, la única administración que garantizamos de Terrassa. Gracias a nuestro equipo de profesionales, podrás cobrar el alquiler el día 5 de cada mes, garantizando todas las condiciones de un alquiler seguro, y no tendrás que preocuparte por la gestión del mismo ni por los problemas que pudieran derivar del arrendamiento.

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Cómo rescindir un contrato de alquiler por parte del propietario

Terrassa es una ciudad relativamente grande que, al estar cerca de Barcelona, atrae a aquellos que quieren disponer de todos los servicios de una gran ciudad, pero huyen de la gentrificación. Además, cada vez son más los que deciden invertir en el municipio catalán. No obstante, es fundamental, como propietarios, conocer todos nuestros derechos. Uno de ellos es la posibilidad de rescindir el contrato de alquiler por parte del propietario. En este sentido, es de vital importancia saber que el propietario puede rescindir el contrato de alquiler y cómo rescindir un contrato de alquiler por parte del propietario.

¿Puede el propietario de una vivienda rescindir un contrato de alquiler?

Cuando se firma un contrato de alquiler, la duración de este será la que las partes hubieran pactado en dicho contrato. No obstante, en caso de que se haya pactado una duración inferior a los 5 años, el alquiler se prorrogará de forma obligatoria hasta que se cumpla dicho plazo de 5 años.

Esto significa que, de acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, el propietario del inmueble no podrá finalizar el contrato de alquiler a su antojo. De esta forma, el contrato de arrendamiento solo podrá extinguirse por las causas legalmente establecidas en la legislación vigente.

Entonces, ¿se puede rescindir el contrato de alquiler por parte del propietario? La respuesta general es no, ya que el contrato de alquiler solo se podrá rescindir por parte del propietario cuando concurran algunas causas establecidas en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Son las siguientes:

Cómo puede rescindir el propietario un contrato de alquiler

A la hora de rescindir el contrato de alquiler para poder hacer uso de la vivienda, el propietario deberá cumplir algunos requisitos. Así pues, el propietario deberá comunicar al inquilino que necesita la vivienda con, al menos, dos meses de antelación. No obstante, la Ley de Arrendamientos Urbanos no dice nada sobre cómo se deberá llevar a cabo esta comunicación.

Como resulta evidente, lo mejor es comunicar al inquilino la necesidad de la vivienda para uso propio por escrito a través de un burofax o a través de cualquier otro medio que permita dejar constancia de la fecha en que se ha enviado esta comunicación. Sin embargo, se podrá posponer la fecha de salida del inquilino de la vivienda, siempre y cuando las partes lleguen a un acuerdo.

Puede ocurrir que el propietario o su familia no se muden a la vivienda tras la rescisión del contrato de alquiler. En este caso, cuando la mudanza no se hubiera llevado a cabo en un plazo de 3 meses, el inquilino tendrá derecho a volver a ocupar la vivienda en un plazo de 30 días. También podrá, en esta situación, reclamar una indemnización que compense las molestias que esta circunstancia le hubiera ocasionado.

Cuando la rescisión del contrato de alquiler se lleva a cabo por alguna de las demás circunstancias (impago de la mensualidad del alquiler, realización de obras o reformas sin consentimiento, realización de actividades molestas o nocivas, etc.), el propietario deberá comunicar al inquilino la rescisión del contrato de alquiler cuando constate que, efectivamente, se han llevado a cabo estas conductas.

En cualquiera de los casos anteriores, si el propietario tuviera derecho a rescindir el contrato de arrendamiento y el inquilino no abandonara la vivienda, el propietario podrá acudir a la vía judicial e interponer la correspondiente demanda.

Sin duda, alquilar una vivienda puede suponer un riesgo. No obstante, no se ha de perder de vista que el propietario cuenta con una serie de derechos que podrá ejercitar, siempre y cuando se den los presupuestos que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos. En cualquier caso, lo mejor a la hora de poner en alquiler una vivienda de nuestra propiedad, es contar con el servicio de alquiler garantizado que te ofrecemos en Garantiler Administración de Alquiler Garantizada. Nuestro servicio te ahorra muchos problemas con los inquilinos y te permitirá alquilar un inmueble de forma segura, además en este caso te orientaremos sobre cómo rescindir un contrato de alquiler por parte del propietario.

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¿Qué diferencia hay entre fianza y depósito?

Es común que llegado el momento de alquilar una vivienda, aparezcan ciertas dudas sobre la cuantía de dinero inicial de la que debes disponer para llevar a cabo el contrato de alquiler, si se debe de pagar solamente fianza o también una garantía o depósito, y cual es la diferencia entre ambos. Es por ello que hoy, con el presente artículo, queremos intentar resolver algunas de esas dudas que os asaltan y ayudaros a entender esos conceptos que os hacen difícil y farragoso el proceso de búsqueda de vivienda de alquiler.

Diferencias entre la fianza y depósito.

Cuando hablamos de fianza y depósito estamos ante conceptos parecidos, por cuanto la función de ambos es garantizar el alquiler. Es decir, se trata de cuantías de dinero que se entregan como garantía en el momento de realizar el contrato de arrendamiento, pero con la diferencia de que la fianza es obligatoria por ley y el depósito es una garantía adicional solicitada por el propietario.

- Fianza.

La fianza como decíamos, viene establecida por Ley y es equivalente a un mes de arrendamiento. Es decir, a la firma del contrato de arrendamiento el inquilino debe entregar la cuantía de un mes del alquiler, la cual deberá depositarse en el organismo autonómico correspondiente, que en el caso de Cataluña es el Institut Català del Sol o en la comunidad de Madrid es la Agencia de Vivienda Social.

Una vez finaliza el arrendamiento, y por parte de la propiedad se comprueba el buen estado de la vivienda y que los suministros de la misma están al corriente de pago, el propietario debe solicitar dicha fianza al organismo autonómico y devolverla en el plazo de un mes.

Aunque la propiedad dispone por tanto, de un plazo de devolución de la fianza, recomendamos que cuente con un fondo de reserva, con el fin de cubrirse las espaldas si el proceso de solicitud de la fianza al organismo competente se retrasa y supera el plazo establecido para la devolución. Y todo ello por cuanto el artículo 36.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece el devengo de intereses para el caso de no devolver la fianza dentro del plazo de un mes.

Así pues, dicho artículo indica:

El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes dese la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución”.

- Depósito / Garantía.

El depósito es la cuantía de dinero que debe ser entregada por el inquilino a la firma del contrato de arrendamiento, siempre que sea solicitada por el arrendador. Es decir, a diferencia de la fianza, el depósito no es obligatorio por ley, sino que depende tan solo de que la propiedad quiera solicitar la misma. Así pues, el depósito tan solo deberá ser abonado en aquellos casos en que la propiedad decida solicitarla con el fin de asegurarse una garantía adicional para el supuesto de que pueda surgir cualquier problema de impago o problemas con la vivienda, como podrían ser desperfectos en la misma. Además, hay que tener en cuenta que la cuantía del depósito, a diferencia de la fianza, no viene determinada por ley, sino que es aquella pactada por las partes en contrato de arrendamiento; pero con un máximo de dos mensualidades, según lo establecido en la LAU.

La solicitud de depósito, viene amparada en el artículo 36.5 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el cual recoge:

“Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico. En el caso del arrendamiento de vivienda, en contratos de hasta cinco años de duración, o de hasta siete años sí el arrendador fuese persona jurídica, el valor de esta garantía adicional no podrá exceder de dos mensualidades de renta”.

Al finalizar el contrato de arrendamiento, al igual que ocurre con la fianza, el depósito se devuelve siempre y cuando no haya impago de rentas ni suministros, y si la vivienda se encuentra en perfectas condiciones y sin ningún desperfecto que vaya más allá del deterioro producido por el normal uso de la vivienda. La diferencia con la fianza, es que la cuantía de depósito, no tuvo que ser depositada ante ningún organismo autonómico al inicio del arrendamiento, de modo que dicha cuantía es custodiada por a propiedad desde el inicio.

Esperamos que este artículo os haya ayudado a esclarecer vuestras dudas.

Desde Administración de Alquiler Garantizada ofrecemos a nuestros clientes el mejor asesoramiento legal en materia de arrendamientos, además de gestionar de la forma más segura y adecuada el alquiler de viviendas en la ciudad de Terrassa.

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Por cuánto puedo alquilar mi piso

Por cuánto puedo alquilar mi piso es la duda más frecuente que tienen todos aquellos que se están planteando poner su inmueble en el mercado de alquiler. La cantidad que puedes obtener se verá afectada por diferentes cuestiones, vamos a verlas.

Factores que afectarán al precio del alquiler de tu vivienda

Ubicación

Desde luego, es una de las cuestiones que más inciden en el precio que un propietario puede pedir por alquilar su vivienda.

Los posibles inquilinos tienen muy en cuenta el lugar en el que se encuentra el inmueble y los servicios y dotaciones que hay cerca del mismo. Un piso cercano al transporte público, a zonas verdes, con fácil acceso a supermercados y zonas de ocio, tendrá siempre una renta más alta que otro ubicado en un barrio más antiguo y con menos servicios.

Demanda

La demanda en el mercado de alquiler, como en el de compraventa, es variable, pero en los últimos años ha mostrado una clara tendencia alcista. Ciudades como Terrassa han experimentado un gran incremento en la demanda de alquileres, y eso ha hecho que los precios se incrementen.

A medida que aumenta la demanda disminuyen los pisos disponibles para alquilar, puesto que los que están en el mercado no tardan mucho en encontrar inquilino. Esto provoca que los pisos disponibles sean escasos, lo que da lugar a una subida de los precios.

Estado de la finca

A la hora de calcular el alquiler de un piso hay que tener muy presente el estado en el que se encuentra la finca si se trata de un piso, o la urbanización en su conjunto si es una vivienda unifamiliar.

Los inquilinos prefieren vivir en lugares tranquilos y con todas las comodidades, por lo que en las comunidades bien cuidadas y con buen ambiente el precio de alquiler puede llegar a ser más alto.

Un piso en una finca bien cuidada, con ascensor, limpia, y sin problemas importantes de convivencia, se alquilará antes y por una renta más alta que uno que esté en una finca con aspecto más descuidado.

Estado de la vivienda

Sin lugar a dudas, lo que más va a influir en la decisión del posible inquilino es el estado en el que se encuentra la vivienda. Si te preguntas, “¿por cuánto alquilar mi piso?”, te aseguramos que no tendrás problema a la hora de pedir una renta más alta si la casa está en buenas condiciones.

Puedes mejorar su estética con una pequeña inversión en una obra que arregle los desperfectos más evidentes. En caso de que desees alquilar el piso amueblado, procura que el mobiliario se adapte al tipo de inquilino que te interesa.

Cómo calcular el alquiler de tu piso o casa

Cuidado con el precio de mercado

Muchos propietarios determinan el precio de alquiler de su vivienda basándose en los precios medios de mercado. Pero, como no todas las viviendas son iguales, esto puede ser un error. Porque podrías acabar pidiendo un precio demasiado alto, lo que te dificultaría el encontrar inquilinos. También puede ocurrir que tu vivienda sea notablemente mejor que lo que hay en el mercado y, si te fijas solo en los precios medios, obtendrías por ella menos rentabilidad de la que podrías ganar realmente.

Estudio de mercado

Un estudio de mercado es mucho más eficiente a la hora de calcular cuál es la renta mensual más justa para pedir por tu vivienda. No se basa en los precios medios del mercado sino en referencias reales de casas o pisos cuyo perfil encaja lo máximo posible con el de tu inmueble y que hayan sido alquiladas en los últimos meses.

Hacer un estudio de este tipo es algo más complejo, por lo que no está de más dejarse aconsejar por expertos en la materia que, además, puedan asesorarte en todo lo relacionado con el alquiler de tu vivienda para que la operación sea rentable y segura para ti. Desde Garantiler, te ayudamos con el mejor asesoramiento para que alquiles tu piso con la mayor seguridad posible.

Partiendo de la rentabilidad que quieres obtener

En este caso hay que hacer cálculos para ajustar el precio de alquiler a la rentabilidad que quieres obtener por tu vivienda. Por ejemplo, si tu piso te ha costado 175 000 euros y quieres obtener una rentabilidad anual del 5 %, eso significa que buscas ganar 8750 euros al año. Dividimos esa cifra entre los 12 meses de año y nos da 729 euros, que es el alquiler que deberías pedir en este caso.

El problema de esto es que el resultado de esta operación matemática puede no coincidir con lo que se considera un precio justo en el mercado. Así que lo ideal es combinar este método con el anterior.

Ya has visto que cuando se trata de determinar por cuánto alquilar tu piso, hay varios factores que influyen en esa cantidad y diferentes formas de calcular cuál es el precio más adecuado. Lo más conveniente en estos casos es que te lo tomes con tranquilidad y te dejes asesorar, así te aseguras alquilar tu casa pronto y a un buen precio.

Desde Administración de Alquiler Garantizada ofrecemos a nuestros clientes el mejor asesoramiento legal en materia de arrendamientos, además de gestionar de la forma más segura y adecuada el alquiler de viviendas en la ciudad de Terrassa, donde este tipo de situaciones puede ser bastante común debido al elevado número de estudiantes de alquiler que llegan cada año.

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Cómo añadir un nuevo inquilino al contrato de alquiler

Durante el alquiler de una vivienda, las circunstancias pueden cambiar. Así pues, puede ocurrir que sea necesario añadir nuevo inquilino al contrato de alquiler, lo que provocaría la modificación del contrato de arrendamiento. En este caso, se deberá elaborar un anexo a un contrato de alquiler en el que las partes lleguen a un acuerdo y en virtud del cual se pueda añadir un nuevo inquilino al contrato de arrendamiento.

En estos casos, lo mejor es contar con expertos en la gestión de arrendamientos.

¿Se puede incluir un nuevo inquilino a un contrato de alquiler?

La respuesta es sí. De hecho, esta situación es bastante común en diferentes ciudades españolas, ya que son muchas las personas que necesitan de un compañero de piso para poder hacer frente al pago del alquiler o compartir habitaciones.

Así pues, independientemente del número de inquilinos que incluya el contrato de alquiler, es posible que surja la necesidad de introducir en este un nuevo inquilino. De esta forma, se producirá la modificación del contrato de arrendamiento añadiendo un anexo a dicho contrato.

En definitiva, es posible hacer cambios y modificaciones en el contrato de arrendamiento, si bien es cierto que, a la hora introducir nuevas cláusulas es necesario que estas se ajusten a la ley. Por ello, se ha de tener cuidado, revisar bien el contrato de arrendamiento y las nuevas cláusulas que se quieren introducir y, si es necesario, contar con asesoramiento legal. En este sentido, en Administración de Alquiler Garantizada ofreceremos el asesoramiento que necesitas en estos casos, además de la gestión del alquiler de la vivienda.

Las cláusulas de un contrato de arrendamiento que pueden sufrir una modificación en el contrato de alquiler son las siguientes:

Anexo al contrato de arrendamiento

Como ya se ha adelantado, lo ideal a la hora de incluir a un nuevo inquilino en el contrato de arrendamiento es contar con el asesoramiento jurídico que, en estos casos, ofrecemos a nuestros clientes desde Administración de Alquiler Garantizada. No obstante, a continuación, compartimos un ejemplo de anexo al contrato de arrendamiento para poder incluir en este a un nuevo inquilino.

Este es el ejemplo de anexo al contrato de arrendamiento:

En ciudad, a __ de __ del 20__

A petición del arrendatario, se modifica el contrato de arrendamiento de la vivienda sita en la Calle _______, nº __, de la Ciudad ______, firmado con fecha __ de __ del 20__, entre [Nombre de Arrendador 1] y [Nombre de Arrendador 2], como parte arrendadora, y [Nombre de Arrendatario 1] y [Nombre de Arrendatario 2], como parte arrendataria, en los siguientes términos:

De la parte arrendataria:

[Nombre del Nuevo Arrendador] y [Nombre de los Arrendatarios Originales] están conformes con que [Nombre del Nuevo Arrendador] se subrogue en este contrato de arrendamiento.

De las obligaciones de las partes:

Que [Nombre del Nuevo Arrendador] se subroga solidariamente en el contrato de arrendamiento, en todos los derechos y obligaciones al que se refiere dicho contrato de alquiler.

Que, como consecuencia de la inclusión del [Nombre del Nuevo Arrendador] en el contrato de arrendamiento, todas las partes aceptan la continuidad del contrato en los mismos términos y condiciones que existían hasta la fecha y que [Nombre de todos los Arrendatarios Originales] firman y se obligan de forma solidaria en este anexo del contrato de alquiler.

Asimismo, la parte arrendadora [Nombre del Arrendador] firma también este anexo y acepta la continuidad de este contrato de arrendamiento en las mismas condiciones, con la única modificación que supone la inclusión del nuevo arrendatario del contrato.

En definitiva, incluir a un nuevo inquilino en un contrato de alquiler es una gestión bastante sencilla, si bien es cierto que es fundamental tener en cuenta que cualquier modificación del contrato se deberá hacer de forma unánime entre todas las partes. No obstante, y a pesar de que esta gestión es sencilla y de que en internet existen multitud de modelos de anexo para la inclusión de un nuevo arrendatario, lo mejor es contar con nuestros servicios profesionales de asesoramiento de gestores de alquileres.

Desde Administración de Alquiler Garantizada ofrecemos a nuestros clientes el mejor asesoramiento legal en materia de arrendamientos, además de gestionar de la forma más segura y adecuada el alquiler de viviendas en la ciudad de Terrassa, donde este tipo de situaciones puede ser bastante común debido al elevado número de estudiantes de alquiler que llegan cada año.

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Mi casero se niega a reparar: qué puedo hacer

Si el casero se niega a reparar algún desperfecto en la vivienda, es normal que surjan los conflictos. Para evitar discusiones y malentendidos, lo mejor es tener claro quién debe hacerse cargo de reparar cada desperfecto o avería.

Quién paga las reparaciones en un alquiler de vivienda

Cuando se trata de hacer arreglos en una casa alquilada, lo más sencillo es revisar qué dice sobre este tema la Ley de Arrendamientos Urbanos y Ley de Propiedad Horizontal. Si el contrato se ha celebrado por escrito, lo habitual es que este documento contenga algunas disposiciones sobre estas cuestiones, échale un vistazo

Qué arreglos debe pagar el inquilino

La normativa nos dice que es el arrendatario el que debe hacerse cargo de las pequeñas reparaciones de averías que se produzcan por el uso ordinario. Por ejemplo, el arreglo de la correa de una persiana, el cambio de bombillas o la reparación de una cisterna que no carga agua.

Además de estas averías derivadas del uso, el inquilino también debe sufragar la reparación de los daños causados por un mal uso. El caso típico es la rotura de un mueble por haberlo sobrecargado, o tener que pintar las paredes por haber hecho agujeros en las mismas.

En aquellos casos en los que la reparación corra a cargo del inquilino, no está de más que este avise a su casero de la avería y de la solución que le ha dado o le va a dar. Cuanta más comunicación exista entre las partes, mucho mejor.

Qué reparaciones debe cubrir el propietario

El arrendador tiene la obligación de realizar en la vivienda aquellas reparaciones que sean necesarias para mantener las condiciones de habitabilidad. No obstante, como hemos señalado antes, si la avería se debe a un mal uso o a un daño intencionado por parte del inquilino, será este quien deba hacerse cargo del importe de la reparación.

Un caso especial es el de los electrodomésticos. Habrá que estar a si el electrodoméstico está o no dentro de su vida útil.  Si el electrodoméstico se encuentra dentro de su vida útil normal, la reparación la deberá realizar el inquilino, ya que se presumirá que ha existido un mal uso del mismo. Si ya se encuentra fuera de su vida útil, deberá ser el propietario por su deber de soportar los gastos de conservación, quien deberá asumir su coste; y ello, siempre y cuando se trate de electrodomésticos que estuvieran en la vivienda al tiempo de celebrarse el contrato y que pertenezcan al propietario del inmueble, y no se pueda constatar un daño por mal uso o intencionado

Qué hago si mi casero se niega a reparar

Una vivienda alquilada debe estar en buenas condiciones de habitabilidad, y es el casero el principal responsable de que esto sea así. Por tanto, si como inquilino has detectado averías cuyo arreglo corre de su cuenta, lo mejor es que se lo comuniques lo antes posible

Comunicación fehaciente

Si hay problemas con el casero, asegúrate de que obtienes pruebas de que les has comunicado lo que sucede. Si tras una primera conversación amistosa se niega a reparar la avería, envíale un burofax detallando la situación, recordándole su obligación de hacer las reparaciones (puedes remitirte al contrato o a la Ley de Propiedad Horizontal), e incluye fotografías de cómo está la vivienda.

Realizar tú las reparaciones

Solo en aquellos casos en los que la situación sea extremadamente urgente, puedes recurrir a hacer los arreglos por tu cuenta y luego exigir el pago a tu casero. Eso sí, es necesario que primero le hayas informado de lo que ocurre y le hayas solicitado que mande a alguien para hacer la reparación.

Interponer una reclamación judicial

El propietario del inmueble tiene obligación legal de mantenerlo en buenas condiciones, no importa si nunca habéis celebrado un contrato por escrito, porque esta obligación existe en todos los casos de arrendamiento urbano.

Por tanto, si no cumple con aquello a lo que está obligado, puedes acudir a los tribunales e interponer una reclamación judicial para exigir el arreglo. De hecho, si has reparado la avería por tu cuenta, también es probable que el asunto acabe en los tribunales, porque existen muchas posibilidades de que el arrendador no quiera pagarte lo que tú has abonado.

Promover la resolución del contrato de arrendamiento

Es normal que no desees vivir en una casa que no está en buenas condiciones, y teniendo como casero a alguien que no se hace cargo de sus obligaciones.

El incumplimiento de las obligaciones por parte de tu casero te faculta para romper el contrato de arrendamiento. Podéis hacerlo de forma amistosa llegando a un acuerdo para que puedas marcharte. Si esto no es posible, puedes instar la resolución del contrato ante los tribunales.

No debería costarte mucho encontrar un nuevo lugar idóneo para vivir, en ciudades como Terrassa la oferta de viviendas disponibles es bastante amplia.

Los conflictos surgidos cuando el casero se niega a reparar nunca son nada bueno, por ello, es mejor evitar estas situaciones. Una buena forma de lograrlo es confiando en nuestro equipo de profesionales. En Administración de Alquiler Garantizada te ofrecemos asesoramiento y te ayudamos en todo lo relativo a la gestión y alquiler de vivienda.

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Preaviso para poner fin al contrato de arrendamiento de una vivienda

En muchas ocasiones y por distintos motivos, los inquilinos pueden tomar la decisión de finalizar el contrato de arrendamiento antes de cumplir con los plazos establecidos en el mismo. Para regular esta circunstancia particular, la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) establece un plazo, denominado plazo de preaviso, el cual se debe cumplir al realizar el preaviso de fin de contrato de arrendamiento en viviendas. Te recomendamos contar con profesionales como los de Garantiler para gestionar tu alquiler de la mejor manera posible y cumplir con todas las obligaciones estipuladas por la legislación vigente.

Diferencias entre desistimiento y no renovación del contrato de arrendamiento

Desistimiento del contrato de arrendamiento

La LAU, en su artículo 11, o bien el propio contrato de alquiler, nos ofrece la posibilidad de rescindir el contrato de manera anticipada. Según lo estipulado por la ley, el inquilino puede desistir del contrato siempre y cuando lo comunique con antelación de 30 días al arrendador, y hayan transcurrido 6 meses desde el inicio de la relación contractual. Además, ambas partes podrán pactar una indemnización para el arrendador, cuyas cuantías equivaldrían a una mensualidad por año de contrato que falte por cumplir.

Por lo tanto, tenemos dos requisitos fundamentales para que el contrato pueda ser desistido:

  1. Que el inquilino efectúe un preaviso del desalojo de alquiler con, al menos, 30 días de antelación a la fecha de desistimiento. No es un requisito de obligado cumplimiento, pero si no se cumplen con estos plazos, tendrá que indemnizar al arrendador pagando esos días de preaviso que no ha respetado. De no cumplir ninguna de estas dos opciones, estaría vulnerando la normativa vigente.
  2. Que hayan pasado, como mínimo, 6 meses desde que comenzó el contrato de arrendamiento. Esta regla es totalmente obligatoria (salvo casos específicos que comentaremos a continuación), por lo que ignorarla supondría incumplir las condiciones del contrato de alquiler, algo cuyas consecuencias son mucho más severas para el inquilino.

Pese a que lo comentado anteriormente hace referencia a las normas estipuladas por la LAU, lo cierto es que el desistimiento también se puede pactar por contrato, siempre y cuando este sea beneficioso para el inquilino. Esto implica directamente que pueda desistir del contrato en un periodo inferior a los 6 meses marcados por ley, algo que no suele ocurrir, siguiéndole habitualmente los plazos de la LAU.

No renovación del contrato de arrendamiento

No debemos confundir el desistimiento con la no renovación del contrato de arrendamiento. Cuando estos van a llegar a su fin, si el inquilino no comunica su intención de abandonar el inmueble, se renovarán automáticamente (hasta llegar a los 5 o 7 años), por lo que existe la obligación de realizar un preaviso de no renovación del contrato de alquiler en un plazo máximo de 30 días a la fecha de fin de contrato.

A diferencia del desistimiento, donde se abandona de forma prematura el contrato de alquiler, la no renovación implica dejar el inmueble una vez finalizada la fecha del contrato, por lo que se están cumpliendo los plazos establecidos y no hay que pagar ninguna indemnización al propietario por ello, siempre y cuando se presente el preaviso de alquiler dentro de los plazos estipulados por ley.

La indemnización en el desistimiento

Cuando el inquilino presenta el preaviso de desistimiento del contrato de alquiler, este solo tendrá que pagar una indemnización al propietario si se ha establecido una cláusula específica para ello en el propio contrato. En caso de que esta no se haya pactado, el inquilino está libre del pago de la indemnización.

Además, las indemnizaciones vienen estipuladas por el artículo 11 de la LUA, por lo que cualquier cuantía que la supere se consideraría nula y también libraría al inquilino de pagarla. Esta indemnización es de una mensualidad por año de contrato que quede por cumplirse, y si queda menos de un año, sería proporcional a las mensualidades que resten.

Para comprender cómo funcionaría esta indemnización pactada, imaginemos que un contrato de alquiler en Terrassa finaliza dentro de dos años, y el inquilino decide presentar el preaviso de desistimiento en ese momento. Dada la duración restante del contrato, este tendrá que indemnizar al propietario por una cuantía equivalente a dos mensualidades, una por cada año restante.

Plazos de preaviso de no renovación o desistimiento del alquiler

Hemos visto lo más importante sobre los documentos para dejar un piso de alquiler, su funcionamiento y la normativa que los regula. Debemos prestar especial atención a los plazos en cada una de las situaciones, ya que ignorarlos puede terminar causando problemas legales y/o económicos a los inquilinos:

  1. En un desistimiento del contrato, siempre y cuando hayan pasado los seis meses mencionados anteriormente, el preaviso del contrato de arrendamiento tiene que emitirse, como mínimo, 30 días antes de la efectividad del mismo.
  2. Si no se va a renovar el contrato, el inquilino también debe comunicarlo con un mínimo de 30 días de antelación hasta la fecha de finalización, ya que, de no hacerlo, este se renovaría automáticamente.

Es fundamental que los inquilinos emitan el preaviso de fin de contrato de alquiler en viviendas con un mínimo de 30 días de antelación. Recuerda que en Garantiler te ofrecemos el mejor asesoramiento para el alquiler de tus viviendas.

Nuestra empresa está especializada en la gestión del alquiler y gestión de viviendas, estamos a su disposición para cualquier información o asesoramiento en el ámbito de administración de alquileres.

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