Cláusula avalista en el contrato de arrendamiento

La cláusula de avalista en el contrato de arrendamiento es cada vez más habitual, ya que es una forma más de garantizarse que el inquilino no acabará dejando rentas sin pagar. Es algo totalmente legal y que evita abusar de otras figuras como la fianza.

Qué es un aval y cuándo es necesario

El aval es una figura jurídica a través de la cual una persona física o jurídica garantiza el cumplimiento de las obligaciones asumidas por otra, realizando el pago de la deuda en caso de que el obligado principal no lo haga. El aval es una garantía que, en el caso del contrato de arrendamiento, asegura al arrendador que cobrará la renta aunque el inquilino se haya quedado sin solvencia.

Es perfectamente normal exigirle garantías a alguien que está interesado en alquilar una vivienda, pero muchas veces se hace mal. Muchos propietarios intentan protegerse frente al impago exigiendo al inquilino varios meses de fianza, pero exigir más de dos no es legal.

Además, la fianza no puede actuar nunca como garantía del pago, sino que es simplemente una cantidad que se abona por si, en su momento, el propietario tiene que realizar algún arreglo en la vivienda una vez finalizado el contrato (pintar, reponer algún mueble, etc.)

En lugar de cometer errores con la fianza, lo que hay que hacer es exigir garantías, e incluir una cláusula de avalista en el contrato de alquiler es la forma más sencilla de conseguirlo.

En qué consiste la cláusula avalista en el contrato

El contrato de alquiler con avalista le aporta una mayor seguridad al propietario del inmueble, puesto que si el inquilino no paga, lo hará el titular del aval.

La cláusula sobre el avalista se recoge en el mismo contrato de alquiler y suele ser una de las últimas. En ella, se especifica claramente que hay una persona que se constituye como fiador personal y solidario de las obligaciones que se derivan del contrato. Y que se compromete a pagar todas y cada una de las cantidades que asume el arrendatario al alquilar el inmueble si este incumple, así como a abonar los gastos judiciales si estos fueron necesarios.

También es importante reflejar que la obligación para el avalista se extiende a lo largo de toda la duración del contrato y de las prórrogas que pudieran producirse.

Esta cláusula recogerá la información personal del avalista: nombre y apellidos, NIF, y domicilio a efecto de notificaciones. Además, dado que él también se está obligando con el contrato, es imprescindible que su firma figure en todas las páginas del documento.

El avalista no tiene que ser necesariamente una persona, puede ser un aval bancario. En este caso, se estipula la cantidad que se desea garantizar (por ejemplo tres meses de renta) y el inquilino debe ir a su entidad bancaria para constituirlo. Esto implica que su banco va a retener esa cantidad de su cuenta y que la entregará al arrendador si este acredita que el arrendatario no ha cumplido con su obligación de pago.

La diferencia entre el aval bancario y el aval personal y solidario es que el primero suele estar más limitado y se refiere solo a unos pocos meses, mientras que el aval solidario y personal se extiende a todas las obligaciones económicas derivadas del contrato que se hayan incumplido, por el tiempo que sea suficiente para resolver el acuerdo y proceder al desahucio.

Responsabilidad del aval en un alquiler

En Terrassa, se han multiplicado los contratos de alquiler que llevan una cláusula referida al aval, porque se está comprobando que es una de las mejores formas de garantizar el pago. Cuando el inquilino pone como avalista a una persona importante para él, es mucho menos probable que deje de pagar la renta.

Como decíamos antes al explicar cómo debía ser la cláusula, el avalista asume las mismas obligaciones de pago que recaen sobre el inquilino en caso de que este incumpla. Es decir, tendrá que pagar al propietario de la vivienda la renta mensual, pero también otros gastos que se hayan pactado: los recibos de los suministros, los impuestos y tasas, posibles desperfectos en el inmueble, etc.

Es especialmente importante reseñar que, para que esta garantía sea realmente efectiva, todos esos gastos deben quedar recogidos en el contrato por escrito. Es una forma de aportar seguridad tanto al propietario como al propio avalista.

El avalista en el contrato de alquiler no tiene por qué ser único, puede haber varios. En caso de ser así, hay que establecer la responsabilidad de cada uno o si, por el contrario, existe una responsabilidad solidaria. Esto último quiere decir que a cualquier avalista se le puede exigir el pago de la totalidad de la deuda de la persona avalada.

Incluir una cláusula de avalista en el contrato de arrendamiento siempre es buena idea, como también lo es contar con la ayuda de los especialistas de nuestro equipo a la hora de tratar temas como la gestión y el alquiler de una vivienda.

Además, hay empresas que prestan servicios de gestión del alquiler, tal es nuestro caso en Administración de Alquiler Garantizada, la única administración que garantizamos de Terrassa. Gracias a nuestro equipo de profesionales, podrás cobrar el alquiler el día 5 de cada mes, garantizando todas las condiciones de un alquiler seguro, y no tendrás que preocuparte por la gestión del mismo ni por los problemas que pudieran derivar del arrendamiento.

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Certificado de deuda en la comunidad de propietarios antes de una compraventa

El certificado de deuda en la comunidad de propietarios es un documento sencillo y rápido de obtener que puede evitarte muchos problemas en el futuro, independientemente de si estás comprando un inmueble en Terrassa para vivir en él o si lo haces a modo de inversión para ponerlo en el mercado de alquiler y obtener rendimiento.

Qué es el certificado de deuda de la comunidad de propietarios

Se trata de un documento de carácter privado que emite el administrador o el secretario de la comunidad, y en el que se deja constancia de la existencia o inexistencia de cuotas pendientes de pago por parte del titular de la vivienda.

El documento debe expedirse en un plazo de siete días naturales desde que sea solicitado y, como luego veremos, lo importante es tenerlo antes de la firma de la escritura de transmisión de la propiedad. El contenido obligatorio es el siguiente:

Cómo se obtiene el certificado de deuda de la comunidad de propietarios

Se puede vender un piso con deudas de comunidad, pero lo lógico es que el nuevo propietario no quiera hacerse cargo de estas cantidades que, en su momento, otra persona dejó de pagar. De ahí, la existencia de este certificado.

La Ley de Propiedad Horizontal dispone que quien va a vender su vivienda tiene la obligación de certificar que el estado de deudas con la comunidad coincide con su declaración de hallarse al corriente de pago, o con las cantidades que ha dicho que adeudaba.

De hecho, la Ley también señala que el notario no autorizará la transmisión del inmueble si no se ha presentado el certificado de deuda de la comunidad de propietarios, salvo que el comprador haya exonerado expresamente de esta obligación al vendedor.

La certificación la solicita el vendedor al administrador o secretario de la comunidad, que llevará a cabo una comprobación de las cuentas contables y revisará el estado financiero de la comunidad de vecinos. Con la información obtenida de su análisis, emitirá el correspondiente documento expresando si existen deudas pendientes de pago o no. El Presidente de la comunidad será informado de este trámite y deberá dar su visto bueno al documento.

Aunque su elaboración no debe demorarse más de siete días, tampoco conviene dejarlo para el último momento. Lo más común en estos casos es solicitarlo unas dos semanas antes de la fecha prevista para firmar la compraventa ante el Notario.

Por qué es necesario al celebrar una compraventa

Cuando se trata de cómo saber si un piso tiene deudas con la comunidad, lo mejor es exigir al vendedor que presente este certificado del que estamos hablando.

Tal y como señalábamos antes, la propia Ley de Propiedad Horizontal determina que el transmitente tiene la obligación de presentar este documento, ya que, en caso contrario, no se formalizará la escritura pública. No obstante, el comprador le puede exonerar de esta obligación, pero esto es un error.

“He comprado un piso con deudas de comunidad, ¿qué puedo hacer ahora?” Es la pregunta que se formulan aquellos que en su momento se fiaron de la palabra del vendedor y no pidieron que se presentara el certificado en el acto de transmisión de la propiedad. Y lo cierto es que tienen poco margen de actuación, porque serán ellos como nuevos propietarios los que deberán responder de las cantidades pendientes.

La ley determina que, en caso de existir deudas, el nuevo propietario debe responder de las cantidades adeudadas durante el año en que se produjo la transmisión de la propiedad y las vencidas en los tres años naturales anteriores.

No hay forma de reclamar nada frente al vendedor si el comprador renunció a su derecho a informarse de la situación real a través de un certificado. Así que, ahora el nuevo propietario será el único responsable de las deudas pendientes, que pueden sumar varios cientos e incluso miles de euros.

Si quieres comprar una vivienda con todas las garantías, no lo dudes y exige que se te presente el certificado de deuda con la comunidad de propietarios, estás en todo tu derecho de hacerlo y el vendedor tiene la obligación de ponerlo a tu disposición.

Tanto en la compraventa como en los alquileres nunca viene mal contar con el asesoramiento de especialistas. Si lo que quieres es poner tu casa en alquiler en Terrassa, cuenta con nuestro equipo, te asesoraremos en todo lo que necesites.

De acuerdo con los datos recogidos por el Instituto Nacional de Estadística, actualmente en España el número de viviendas en propiedad es muy superior al número de viviendas en alquiler. Sin embargo, este escenario está cambiando como consecuencia del incremento de los gastos hipotecarios a los que tendrán que hacer frente los propietarios. Debido a esta circunstancia, sumado al hecho del aumento del precio de la vivienda, son muchos los que deciden alquilar en lugar de adquirir una vivienda.

Esta tesitura se repite en toda España. De hecho, son muchos los que optan por alquilar en municipios cercanos a grandes ciudades como Madrid o Barcelona debido a los altos alquileres de estas ciudades. Por eso, cada vez son más los que apuestan por alquilar una vivienda en Terrassa, un municipio a tan solo 35 minutos en coche de la Ciudad Condal, cuenta con más de 200 000 habitantes y todos los servicios necesarios, lo que la hace ideal para vivir.

En cualquier caso, se ha de tener en cuenta que alquilar una vivienda comporta una serie de riesgos para el propietario que, aprovechando esta tesitura, decide poner en alquiler una segunda vivienda para ganar algo de dinero extra a final de mes. Para evitar problemas, lo mejor es conocer las condiciones de un alquiler seguro y cómo realizar un contrato de alquiler seguro.

¿Es posible alquilar una vivienda de forma segura?

Los propietarios de una vivienda puesta en alquiler corren una serie de riesgos, entre los que se encuentran el impago de las rentas por parte de los inquilinos y los posibles desperfectos que se puedan provocar en el inmueble.

Es por ello por lo que, a la hora de poner en alquiler una vivienda, los propietarios deberán tomarse el tiempo necesario para buscar a un buen inquilino. No obstante, y teniendo en cuenta que el alquiler es una relación bilateral, es igualmente importante que el propietario asuma sus obligaciones, de forma que la relación casero-inquilino sea estable y duradera.

En cualquier caso, ¿es posible alquilar una vivienda de forma segura? Desde luego que sí. De hecho, en el mercado existen profesionales como nuestro equipo en Administración de Alquiler Garantizada, donde prestamos un servicio de asesoramiento y gestión del alquiler de la vivienda en Terrassa, de forma que, como propietario, puedas evitar los riesgos y posibles problemas derivados del alquiler del inmueble.

Condiciones para el alquiler seguro de una vivienda

Para conseguir un contrato de alquiler seguro, hay que conocer las condiciones y es conveniente seguir algunos consejos. Son los siguientes:

Inventario

Es imprescindible, antes de poner la vivienda en alquiler, elaborar un inventario en el que se refleje todo lo que está dentro del inmueble alquilado. Así pues, en el inventario deberán aparecer los muebles y electrodomésticos con los que cuenta la vivienda, así como el menaje y todo lo que vaya a usar el inquilino. De esta forma, el inventario servirá para acreditar los daños que hubiera provocado el inquilino en la vivienda al finalizar el alquiler.

Pago de los suministros

Una vez alquilada la vivienda, es importante fijar quién será el titular de los suministros, el inquilino o el casero.

Cláusulas de prohibición

El contrato de alquiler deberá contener las cláusulas con las prohibiciones que el propietario de la vivienda quiera imponer a los inquilinos. Así pues, es común que los contratos de alquiler prohíban el subarriendo de la vivienda o la convivencia con animales.

Garantías de pago

Una de las condiciones más importantes que aportarán seguridad al contrato de alquiler es la exigencia de garantías de pago como un aval durante todo el periodo del contrato de alquiler. No obstante, existen algunos productos en el mercado que garantizan al propietario que recibirá el alquiler mensual de la vivienda. Este es el caso de los seguros de impago del alquiler, en virtud de los cuales la compañía aseguradora pagará hasta un máximo de 12 mensualidades en caso de impago por parte del inquilino, además de encargarse del proceso judicial de reclamación por el impago de las mensualidades del alquiler.

Fianza

De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, el inquilino deberá dar una fianza de un mes de alquiler cuando el inmueble se use como vivienda. No obstante, el casero y el inquilino podrán acordar otro tipo de garantías de pago, además de la correspondiente fianza, que es obligatoria por Ley.

Poner una vivienda en alquiler entraña una serie de riesgos para los propietarios, quienes pueden sufrir el impago del alquiler o los desperfectos que los inquilinos provoquen en el inmueble. No obstante, existen ciertas condiciones que garantizan un contrato de alquiler seguro.

Además, hay empresas que prestan servicios de gestión del alquiler, tal es nuestro caso en Administración de Alquiler Garantizada, la única administración que garantizamos de Terrassa. Gracias a nuestro equipo de profesionales, podrás cobrar el alquiler el día 5 de cada mes, garantizando todas las condiciones de un alquiler seguro, y no tendrás que preocuparte por la gestión del mismo ni por los problemas que pudieran derivar del arrendamiento.

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¿QUÉ ES Y CÓMO PUEDO PEDIR EL BONO JOVEN DEL ALQUILER?

Desde hace meses, contamos con el llamado bono joven del alquiler;  una  ayuda económica que el Estado está otorgando a la gente joven que vive de alquiler y que se ha ido implementando de manera progresiva y por comunidades. Actualmente, hay ciertas comunidades que aún mantienen abiertas las solicitudes hasta que se acabe el crédito destinado a estas ayudas o hasta finales de 2023. Sin embargo, hay otras comunidades en que ya se ha cerrado la convocatoria y no puede solicitarse.

¿En qué consiste el bono joven del alquiler?

Este bono es una ayuda otorgada por el Estado, consistente en la otorgación de un cheque de 250 euros mensuales a la gente joven para pagar el alquiler de una vivienda. Dicha ayuda puede ser destinada para el pago del alquiler tanto de una vivienda al completo, como para el pago del alquiler de una habitación.

Así pues, se trata de un bono que comporta una ayuda total de 3.000 euros anuales, y tan solo podrá disfrutarse como máximo durante dos años.

¿Qué requisitos debo cumplir para solicitar el bono joven del alquiler?

A dicho bono no puede acceder todo el mundo, ya que el mismo está pensado para la gente más joven, al ser entendida como la población más vulnerable o con más problemas económicos a la hora de acceder a una vivienda. Por eso el objetivo de esta ayuda es facilitar el acceso a la vivienda de los jóvenes.

En consecuencia, se debe de cumplir una serie de requisitos para poder acceder a dicha ayuda. Dichos requisitos son los siguientes (aunque deberemos fijarnos en cada comunidad por si algún requisito varía en algo):

- Ser titular o cotitular de un contrato de alquiler

- Que la renta a abonar por el alquiler no sea superior a 600.-€ mensuales o 300.-€ mensuales si el alquiler es de una habitación; o 900.-€ mensuales para vivienda o 450.-€ mensuales si se trata de una habitación que se encuentre en zonas especialmente tensionadas, y previo acuerdo de la comisión de seguimiento.

- Tener entre 18 y 35 años

- Tener unos ingresos anuales inferiores a tres veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM).

¿Cómo saber si aún estoy a tiempo de pedir el bono en mi comunidad?

Como indicábamos al inicio, no todas las Comunidades se encuentran en la misma fase a la hora de solicitar el bono joven del alquiler. Así pues, dado que para solicitarlo es necesario acceder a cada organismo autonómico, a continuación, os dejamos un link que os dirigirá a la oficina electrónica de algunas de las comunidades que aún mantienen abierto el plazo, con el fin de que podáis obtener de ahí toda la información y plazos concretos acerca del bono:

1.- Bono joven en Andalucía: plazo abierto hasta el 14 de febrero de 2023

Todos aquellos jóvenes que estéis interesados en solicitar la ayuda, debéis saber que solamente podréis solicitarla de forma telemática, en el siguiente link: Bono Alquiler Joven en Andalucía - Junta de Andalucía (juntadeandalucia.es).

2.- Bono joven en Asturias: plazo abierto hasta el 30 de diciembre de 2023

En el caso de Asturias, se dispone todavía de todo el año 2023 para solicitar la ayuda, mediante el siguiente link: https://sede.asturias.es/-/dboid-6269000074395023607573

3.- Bono joven en Castilla-La Mancha: plazo abierto hasta el 2 de mayo de 2023

Para los jóvenes de esta Comunidad, aún hay cierto plazo para solicitar la Ayuda. Os dejamos el link que os llevará a toda la información al respecto: https://vivienda.castillalamancha.es/ayudas-y-subvenciones-ayudas-al-alquiler-de-viviendas/bono-alquiler-joven

4.- Bono joven en La Rioja: Plazo abierto hasta el 1 de septiembre de 2025

Os dejamos el link desde donde obtener toda la información y solicitar la ayuda de forma telemática: Oficina electrónica - Portal del Gobierno de La Rioja

Por su lado, hay Comunidades en las que la convocatoria 2022 ha finalizado y se ha cerrado el plazo para poder solicitar la ayuda. No obstante, hay que estar atentos ya que, en cualquier momento, abrirán la convocatoria para el presente año 2023. Así pues, os dejamos a continuación el link de algunas de las Comunidad en que, por ahora, el plazo ya está cerrado, con el objeto de que podáis ir controlando cuando se abrirá nueva convocatoria para este año.

1.- Bono joven en Cantabria

BONO JOVEN ALQUILER (Convocatoria cerrada) - Vivienda de Cantabria - cantabria.es

2.- Bono joven en Castilla y León

Bono alquiler joven en la Comunidad de Castilla y León | Sede Electrónica | Junta de Castilla y León (jcyl.es)

3.- Bono joven en Cataluña

Subvenciones del Bono Alquiler Joven. gencat.cat

4.- Bono joven en Navarra

Navarra cuenta actualmente con un programa propio de la Comunidad de ayudas al alquiler llamado EMANZIPA y que es equivalente al bono estatal. Los requisitos para obtener dicha ayuda son los siguientes:

  1. Edad: entre 23 y 32 años.

El requisito de edad debe cumplirse a 31 de diciembre de cada año (no se puede acceder si el año en que solicitas Emanzipa has cumplido o cumplirás 32 años).

  1. Ingresos mínimos: 3.000 euros. Y máximos: 20.000 euros, si tu unidad familiar solo la formas tú, y 30.000 euros si tu unidad familiar la formáis más de 1 persona. Expresados como parte general de la base imponible más rentas exentas (casilla 507 y 529 de tu IRPF). Deben ser ingresos referidos al año cuyo periodo de presentación de IRPF haya concluido.3. Renta máxima de la vivienda: 675 euros mensuales.

A continuación, os dejamos el link desde donde podréis acceder: EMANZIPA. Ayudas al alquiler joven - navarra.es

5.- Bono joven en País Vasco

El País Vasco es otra de las Comunidades que cuenta con un programa propio de ayudas para los jóvenes que viven de alquiler. Este programa es el llamado GAZTELAGUN, que está abierto hasta 2026; pudiendo acceder al mismo en el desde aquí: Ayudas al alquiler de Vivienda del programa GAZTELAGUN - Gobierno Vasco (euskadi.eus)

Los requisitos básicos que se necesitan son los siguientes:

6.- Bono Joven en Madrid

Ayudas al Alquiler de Vivienda 2021 | Comunidad de Madrid

Esperamos que este artículo les haya sido de interés, y si tiene alguna duda contacten con nosotros y les asesoraremos.

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Condiciones para el alquiler seguro de tu vivienda

De acuerdo con los datos recogidos por el Instituto Nacional de Estadística, actualmente en España el número de viviendas en propiedad es muy superior al número de viviendas en alquiler. Sin embargo, este escenario está cambiando como consecuencia del incremento de los gastos hipotecarios a los que tendrán que hacer frente los propietarios. Debido a esta circunstancia, sumado al hecho del aumento del precio de la vivienda, son muchos los que deciden alquilar en lugar de adquirir una vivienda.

Esta tesitura se repite en toda España. De hecho, son muchos los que optan por alquilar en municipios cercanos a grandes ciudades como Madrid o Barcelona debido a los altos alquileres de estas ciudades. Por eso, cada vez son más los que apuestan por alquilar una vivienda en Terrassa, un municipio a tan solo 35 minutos en coche de la Ciudad Condal, cuenta con más de 200 000 habitantes y todos los servicios necesarios, lo que la hace ideal para vivir.

En cualquier caso, se ha de tener en cuenta que alquilar una vivienda comporta una serie de riesgos para el propietario que, aprovechando esta tesitura, decide poner en alquiler una segunda vivienda para ganar algo de dinero extra a final de mes. Para evitar problemas, lo mejor es conocer las condiciones de un alquiler seguro y cómo realizar un contrato de alquiler seguro.

¿Es posible alquilar una vivienda de forma segura?

Los propietarios de una vivienda puesta en alquiler corren una serie de riesgos, entre los que se encuentran el impago de las rentas por parte de los inquilinos y los posibles desperfectos que se puedan provocar en el inmueble.

Es por ello por lo que, a la hora de poner en alquiler una vivienda, los propietarios deberán tomarse el tiempo necesario para buscar a un buen inquilino. No obstante, y teniendo en cuenta que el alquiler es una relación bilateral, es igualmente importante que el propietario asuma sus obligaciones, de forma que la relación casero-inquilino sea estable y duradera.

En cualquier caso, ¿es posible alquilar una vivienda de forma segura? Desde luego que sí. De hecho, en el mercado existen profesionales como nuestro equipo en Administración de Alquiler Garantizada, donde prestamos un servicio de asesoramiento y gestión del alquiler de la vivienda en Terrassa, de forma que, como propietario, puedas evitar los riesgos y posibles problemas derivados del alquiler del inmueble.

Condiciones para el alquiler seguro de una vivienda

Para conseguir un contrato de alquiler seguro, hay que conocer las condiciones y es conveniente seguir algunos consejos. Son los siguientes:

Inventario

Es imprescindible, antes de poner la vivienda en alquiler, elaborar un inventario en el que se refleje todo lo que está dentro del inmueble alquilado. Así pues, en el inventario deberán aparecer los muebles y electrodomésticos con los que cuenta la vivienda, así como el menaje y todo lo que vaya a usar el inquilino. De esta forma, el inventario servirá para acreditar los daños que hubiera provocado el inquilino en la vivienda al finalizar el alquiler.

Pago de los suministros

Una vez alquilada la vivienda, es importante fijar quién será el titular de los suministros, el inquilino o el casero.

Cláusulas de prohibición

El contrato de alquiler deberá contener las cláusulas con las prohibiciones que el propietario de la vivienda quiera imponer a los inquilinos. Así pues, es común que los contratos de alquiler prohíban el subarriendo de la vivienda o la convivencia con animales.

Garantías de pago

Una de las condiciones más importantes que aportarán seguridad al contrato de alquiler es la exigencia de garantías de pago como un aval durante todo el periodo del contrato de alquiler. No obstante, existen algunos productos en el mercado que garantizan al propietario que recibirá el alquiler mensual de la vivienda. Este es el caso de los seguros de impago del alquiler, en virtud de los cuales la compañía aseguradora pagará hasta un máximo de 12 mensualidades en caso de impago por parte del inquilino, además de encargarse del proceso judicial de reclamación por el impago de las mensualidades del alquiler.

Fianza

De acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, el inquilino deberá dar una fianza de un mes de alquiler cuando el inmueble se use como vivienda. No obstante, el casero y el inquilino podrán acordar otro tipo de garantías de pago, además de la correspondiente fianza, que es obligatoria por Ley.

Poner una vivienda en alquiler entraña una serie de riesgos para los propietarios, quienes pueden sufrir el impago del alquiler o los desperfectos que los inquilinos provoquen en el inmueble. No obstante, existen ciertas condiciones que garantizan un contrato de alquiler seguro.

Además, hay empresas que prestan servicios de gestión del alquiler, tal es nuestro caso en Administración de Alquiler Garantizada, la única administración que garantizamos de Terrassa. Gracias a nuestro equipo de profesionales, podrás cobrar el alquiler el día 5 de cada mes, garantizando todas las condiciones de un alquiler seguro, y no tendrás que preocuparte por la gestión del mismo ni por los problemas que pudieran derivar del arrendamiento.

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Gastos por la compra de una vivienda: cuáles debo asumir como comprador

Comprar una vivienda es una decisión importante y cara, sobre todo en las grandes ciudades como Madrid y Barcelona. Por eso, cada vez son más los que apuestan por comprar un inmueble en Terrassa, que se encuentra a tan solo 35 minutos en coche de Barcelona. Terrassa es un municipio que, con más de 220 000 habitantes, cuenta con todos los servicios de la gran ciudad, pero con las bondades de una ciudad pequeña.

A la hora de llevar a cabo esta operación de compraventa, es fundamental tener en cuenta los gastos por compra de vivienda a los que el comprador tendrá que hacer frente. Por ello, lo mejor es contar con el asesoramiento de nuestros profesionales de Administración de Alquiler Garantizada.

Cuáles son los gastos de compraventa de una vivienda

Existen una serie de gastos al comprar una vivienda que el comprador deberá hacer frente. Es importante tenerlos en cuenta, ya que estos gastos suelen ser de alrededor del 10 % del valor de la casa.

Gastos de tasación de la vivienda

A la hora de solicitar una hipoteca, se ha de realizar la tasación de la vivienda. De esta forma, se determinará el valor del inmueble. Esto es primordial, puesto que las entidades bancarias suelen conceder hipotecas de, como máximo, el 80 % del valor de tasación de la vivienda.

El comprador deberá aportar la tasación de la vivienda y deberá afrontar este gasto, que tiene un coste de entre 100 y 400 euros, dependiendo del tipo y del tamaño de la vivienda en cuestión.

Gastos de notaría

La compraventa deberá elevarse a escritura pública en una notaría. Así pues, se generarán unos gastos en concepto de notaría, los cuales dependerán del precio del inmueble y de otros factores, como la extensión de la escritura pública o el número de avalistas. Este suele oscilar entre los 600 y los 875 euros.

A través de la escritura pública, el notario dará seguridad jurídica a la operación y comprobará la identidad, capacidad y legitimación tanto del comprador como del vendedor.

Gastos de gestoría

Este gasto solo se producirá cuando la compraventa de la vivienda se realice a través de una hipoteca. La gestoría es la que tramitará la liquidación de los impuestos y todo el papeleo necesario para la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad. La cuantía de este gasto dependerá de la gestoría en cuestión y será el comprador quien deberá asumir este coste.

Este servicio es un gasto opcional y, al tratarse de una profesión liberal, los honorarios dependerán de cada gestoría, aunque su coste suele rondar los 300 euros.

Gastos del Registro de la Propiedad

La compraventa de la vivienda deberá inscribirse en el Registro de la Propiedad. Esto genera unos gastos que dependerán de la ubicación, el valor y las características del inmueble, si bien es cierto que estos no suelen superar el 1 % del valor de la vivienda y suelen oscilar entre los 400 y los 650 euros. El comprador es quien deberá pagar los gastos derivados de la inscripción de la vivienda en el Registro de la Propiedad.

Qué impuestos se pagan por la compra de una vivienda

La compraventa de la vivienda está sujeta al pago de algunos impuestos y son los siguientes.

La compra de una vivienda es una de las decisiones más importantes y con más trascendencia económica en la vida de una persona. Sin duda, adquirir una casa es importante y caro, por lo que lo mejor, sobre todo teniendo en cuenta que, además del precio de la vivienda, hay otros gastos por compra de vivienda, lo mejor es contar con nuestro equipo de profesionales, ya que te asesoramos durante el proceso de compraventa.

Nuestra empresa está especializada en la venta, alquiler y gestión de viviendas, estamos a su disposición para cualquier información o asesoramiento en el ámbito de la venta de un inmueble.

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Cómo rescindir un contrato de alquiler por parte del propietario

Terrassa es una ciudad relativamente grande que, al estar cerca de Barcelona, atrae a aquellos que quieren disponer de todos los servicios de una gran ciudad, pero huyen de la gentrificación. Además, cada vez son más los que deciden invertir en el municipio catalán. No obstante, es fundamental, como propietarios, conocer todos nuestros derechos. Uno de ellos es la posibilidad de rescindir el contrato de alquiler por parte del propietario. En este sentido, es de vital importancia saber que el propietario puede rescindir el contrato de alquiler y cómo rescindir un contrato de alquiler por parte del propietario.

¿Puede el propietario de una vivienda rescindir un contrato de alquiler?

Cuando se firma un contrato de alquiler, la duración de este será la que las partes hubieran pactado en dicho contrato. No obstante, en caso de que se haya pactado una duración inferior a los 5 años, el alquiler se prorrogará de forma obligatoria hasta que se cumpla dicho plazo de 5 años.

Esto significa que, de acuerdo con la Ley de Arrendamientos Urbanos, el propietario del inmueble no podrá finalizar el contrato de alquiler a su antojo. De esta forma, el contrato de arrendamiento solo podrá extinguirse por las causas legalmente establecidas en la legislación vigente.

Entonces, ¿se puede rescindir el contrato de alquiler por parte del propietario? La respuesta general es no, ya que el contrato de alquiler solo se podrá rescindir por parte del propietario cuando concurran algunas causas establecidas en la Ley de Arrendamientos Urbanos. Son las siguientes:

Cómo puede rescindir el propietario un contrato de alquiler

A la hora de rescindir el contrato de alquiler para poder hacer uso de la vivienda, el propietario deberá cumplir algunos requisitos. Así pues, el propietario deberá comunicar al inquilino que necesita la vivienda con, al menos, dos meses de antelación. No obstante, la Ley de Arrendamientos Urbanos no dice nada sobre cómo se deberá llevar a cabo esta comunicación.

Como resulta evidente, lo mejor es comunicar al inquilino la necesidad de la vivienda para uso propio por escrito a través de un burofax o a través de cualquier otro medio que permita dejar constancia de la fecha en que se ha enviado esta comunicación. Sin embargo, se podrá posponer la fecha de salida del inquilino de la vivienda, siempre y cuando las partes lleguen a un acuerdo.

Puede ocurrir que el propietario o su familia no se muden a la vivienda tras la rescisión del contrato de alquiler. En este caso, cuando la mudanza no se hubiera llevado a cabo en un plazo de 3 meses, el inquilino tendrá derecho a volver a ocupar la vivienda en un plazo de 30 días. También podrá, en esta situación, reclamar una indemnización que compense las molestias que esta circunstancia le hubiera ocasionado.

Cuando la rescisión del contrato de alquiler se lleva a cabo por alguna de las demás circunstancias (impago de la mensualidad del alquiler, realización de obras o reformas sin consentimiento, realización de actividades molestas o nocivas, etc.), el propietario deberá comunicar al inquilino la rescisión del contrato de alquiler cuando constate que, efectivamente, se han llevado a cabo estas conductas.

En cualquiera de los casos anteriores, si el propietario tuviera derecho a rescindir el contrato de arrendamiento y el inquilino no abandonara la vivienda, el propietario podrá acudir a la vía judicial e interponer la correspondiente demanda.

Sin duda, alquilar una vivienda puede suponer un riesgo. No obstante, no se ha de perder de vista que el propietario cuenta con una serie de derechos que podrá ejercitar, siempre y cuando se den los presupuestos que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos. En cualquier caso, lo mejor a la hora de poner en alquiler una vivienda de nuestra propiedad, es contar con el servicio de alquiler garantizado que te ofrecemos en Garantiler Administración de Alquiler Garantizada. Nuestro servicio te ahorra muchos problemas con los inquilinos y te permitirá alquilar un inmueble de forma segura, además en este caso te orientaremos sobre cómo rescindir un contrato de alquiler por parte del propietario.

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No estoy de acuerdo con los acuerdos adoptados por la junta de propietarios. ¿Qué puedo hacer?

- La impugnación de los acuerdos adoptados por la Junta de Propietarios

Si no estamos de acuerdo con los acuerdos adoptados por la Junta de Propietarios, la Ley nos permite impugnar los mismos ante el Juzgado; con independencia de que hayamos asistido o no a la Junta.

Así pues, el artículo 18 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH) recoge los supuestos en los que cabe impugnar los acuerdos de la Comunidad ante los Tribunales.

Hay que tener en cuenta que el Juzgado competente para conocer de la impugnación de los acuerdos es el del lugar donde se encuentre el inmueble que forma parte de la Comunidad de Propietarios. Así pues, si por ejemplo, un propietario quiere impugnar un acuerdo adoptado en la Comunidad de Propietarios de su vivienda vacacional en Cádiz, a pesar de que el mismo viva en Madrid, deberá interponer la demanda ante los Juzgados de Cádiz; lugar donde se encuentra el inmueble perteneciente a la Comunidad cuyo acuerdo queremos impugnar.

En cuanto al tipo de procedimiento adecuado para impugnar los acuerdos, el mismo será el procedimiento ordinario, de acuerdo a lo establecido en artículo 249.8 de la Ley de Enjuiciamiento Civil, que indica que se deciden por Procedimiento Ordinario, con independencia de la cuantía que se reclame, el ejercicio de las acciones que otorga a las Juntas de Propietarios; excepto cuando se trate de reclamaciones de cantidad, en cuyo caso se tramitarán por el procedimiento que corresponda.

- ¿Qué acuerdos de la Junta de propietarios se pueden impugnar?

A pesar de que los propietarios pueden impugnar los acuerdos en los que no estén de acuerdo, hay que saber que no podemos impugnar cualquier acuerdo, sino solamente en aquellos casos establecidos como decíamos en el artículo 18 LHP. Así pues, tan solo podremos impugnar los acuerdos de la Junta en los siguientes casos:

1) Cuando sean contrarios a la ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios.

2) Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.

3) Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.

- ¿Quiénes pueden impugnar los acuerdos de la Comunidad?

Las personas que podrán proceder a impugnar los acuerdos de la Junta de Propietarios son las siguientes:

1.- Los propietarios que hubiesen salvado su voto en la Junta de propietarios, es decir, aquello que asisten a la Junta a la hora de votar deciden no comprometer su voto ni a favor ni en contra del acuerdo.

2.- Los ausentes; siempre y cuando hayan manifestad su disconformidad con el acuerdo una vez le ha sido notificado.

3.- Los que indebidamente hubiesen sido privados de su derecho de voto.

4.- Los que hubiesen votado en contra.

En consecuencia, cuando un propietario se abstiene de votar en un sentido u otro respecto del acuerdo a adoptar, no podrá posteriormente impugnarlo.

Asimismo, para que un propietario pueda impugnar un acuerdo, debe estar al corriente de pago de las cuotas de la comunidad - excepto para el caso de impugnación de un acuerdo relativo al establecimiento o alteración de las cuotas de participación; pudiendo impugnar los acuerdos, en caso de tener una deuda, si previamente deposita el importe de la misma en el Juzgado y se ha puesto a disposición de la Comunidad.

- Plazos para impugnar los acuerdos de la Comunidad

Los propietarios dispondrán de 3 meses para poder impugnar un acuerdo; salvo que se trate de actos contrarios a la ley o a los Estatutos, en cuyo caso el plazo será de un año.

El plazo de impugnación de los acuerdos se cuenta para el propietario asistente desde la fecha de adopción del acuerdo y respecto de los ausentes desde el momento en que fueron notificados.

 - La Impugnación de los acuerdos de la Junta en la Comunidad Autónoma de Cataluña

En cuanto al Juzgado competente para conocer de la impugnación de los acuerdos, al igual que en derecho común, es el del lugar donde se encuentre el inmueble que forma parte de la Comunidad de Propietarios.

Asimismo, en cuanto al tipo de procedimiento adecuado para impugnar los acuerdos, se aplica igualmente el artículo 249.8 de la Ley de Enjuiciamiento Civil , siendo por tanto, el procedimiento ordinario.

En el caso de Cataluña, la impugnación de los acuerdos viene regulada en el artículo 553-31 del Libro V del Código Civil de Catalunya; el cual establece:

«1. Los acuerdos de la junta de propietarios pueden impugnarse judicialmente en los siguientes casos:

a) Si son contrarios a las leyes, al título de constitución o a los estatutos o si, dadas las circunstancias, implican un abuso de derecho.

b) Si son contrarios a los intereses de la comunidad o son gravemente perjudiciales para uno de los propietarios.».

«2.Están legitimados para la impugnación de un acuerdo los propietarios que han votado en contra, los ausentes que se han opuesto y los que han sido privados ilegítimamente del derecho de voto».

«3.Para ejercer la acción de impugnación es preciso estar al corriente de pago de las deudas con la comunidad que estén vencidas en el momento de la adopción del acuerdo que desee impugnarse o haber consignado su importe».

«4,La acción de impugnación de los acuerdos caduca en el plazo de un año en los supuestos a que se refiere el apartado 1.a) y en el plazo de tres meses en los supuestos a qué se refiere el apartado 1.b). Los plazos se cuentan desde la notificación del acta o del anexo del acta, según proceda».

Esperamos que os haya gustado este artículo. y recordad, si necesitáis impugnar un acuerdo de vuestra comunidad, es primordial un asesoramiento previo, por eso os invitaos a poneros en contacto con nosotros, estaremos encantados de ayudaros.

Sin duda, contar con los servicios de un administrador de comunidades de vecinos resulta muy ventajoso a la hora de administrar una comunidad. De hecho, la administración de comunidades  suele traer de cabeza a los vecinos, por eso es mejor externalizar la administración y contar con los servicios de un profesional.


Estamos a su disposición para cualquier información o asesoramiento en el ámbito de la Administración de comunidades de propietarios.

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¿Qué diferencia hay entre fianza y depósito?

Es común que llegado el momento de alquilar una vivienda, aparezcan ciertas dudas sobre la cuantía de dinero inicial de la que debes disponer para llevar a cabo el contrato de alquiler, si se debe de pagar solamente fianza o también una garantía o depósito, y cual es la diferencia entre ambos. Es por ello que hoy, con el presente artículo, queremos intentar resolver algunas de esas dudas que os asaltan y ayudaros a entender esos conceptos que os hacen difícil y farragoso el proceso de búsqueda de vivienda de alquiler.

Diferencias entre la fianza y depósito.

Cuando hablamos de fianza y depósito estamos ante conceptos parecidos, por cuanto la función de ambos es garantizar el alquiler. Es decir, se trata de cuantías de dinero que se entregan como garantía en el momento de realizar el contrato de arrendamiento, pero con la diferencia de que la fianza es obligatoria por ley y el depósito es una garantía adicional solicitada por el propietario.

- Fianza.

La fianza como decíamos, viene establecida por Ley y es equivalente a un mes de arrendamiento. Es decir, a la firma del contrato de arrendamiento el inquilino debe entregar la cuantía de un mes del alquiler, la cual deberá depositarse en el organismo autonómico correspondiente, que en el caso de Cataluña es el Institut Català del Sol o en la comunidad de Madrid es la Agencia de Vivienda Social.

Una vez finaliza el arrendamiento, y por parte de la propiedad se comprueba el buen estado de la vivienda y que los suministros de la misma están al corriente de pago, el propietario debe solicitar dicha fianza al organismo autonómico y devolverla en el plazo de un mes.

Aunque la propiedad dispone por tanto, de un plazo de devolución de la fianza, recomendamos que cuente con un fondo de reserva, con el fin de cubrirse las espaldas si el proceso de solicitud de la fianza al organismo competente se retrasa y supera el plazo establecido para la devolución. Y todo ello por cuanto el artículo 36.4 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece el devengo de intereses para el caso de no devolver la fianza dentro del plazo de un mes.

Así pues, dicho artículo indica:

El saldo de la fianza en metálico que deba ser restituido al arrendatario al final del arriendo, devengará el interés legal, transcurrido un mes dese la entrega de las llaves por el mismo sin que se hubiere hecho efectiva dicha restitución”.

- Depósito / Garantía.

El depósito es la cuantía de dinero que debe ser entregada por el inquilino a la firma del contrato de arrendamiento, siempre que sea solicitada por el arrendador. Es decir, a diferencia de la fianza, el depósito no es obligatorio por ley, sino que depende tan solo de que la propiedad quiera solicitar la misma. Así pues, el depósito tan solo deberá ser abonado en aquellos casos en que la propiedad decida solicitarla con el fin de asegurarse una garantía adicional para el supuesto de que pueda surgir cualquier problema de impago o problemas con la vivienda, como podrían ser desperfectos en la misma. Además, hay que tener en cuenta que la cuantía del depósito, a diferencia de la fianza, no viene determinada por ley, sino que es aquella pactada por las partes en contrato de arrendamiento; pero con un máximo de dos mensualidades, según lo establecido en la LAU.

La solicitud de depósito, viene amparada en el artículo 36.5 de la Ley de Arrendamientos Urbanos, el cual recoge:

“Las partes podrán pactar cualquier tipo de garantía del cumplimiento por el arrendatario de sus obligaciones arrendaticias adicional a la fianza en metálico. En el caso del arrendamiento de vivienda, en contratos de hasta cinco años de duración, o de hasta siete años sí el arrendador fuese persona jurídica, el valor de esta garantía adicional no podrá exceder de dos mensualidades de renta”.

Al finalizar el contrato de arrendamiento, al igual que ocurre con la fianza, el depósito se devuelve siempre y cuando no haya impago de rentas ni suministros, y si la vivienda se encuentra en perfectas condiciones y sin ningún desperfecto que vaya más allá del deterioro producido por el normal uso de la vivienda. La diferencia con la fianza, es que la cuantía de depósito, no tuvo que ser depositada ante ningún organismo autonómico al inicio del arrendamiento, de modo que dicha cuantía es custodiada por a propiedad desde el inicio.

Esperamos que este artículo os haya ayudado a esclarecer vuestras dudas.

Desde Administración de Alquiler Garantizada ofrecemos a nuestros clientes el mejor asesoramiento legal en materia de arrendamientos, además de gestionar de la forma más segura y adecuada el alquiler de viviendas en la ciudad de Terrassa.

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Requisitos para la instalación de un ascensor en una comunidad propietarios: cómo se gestiona

La instalación de un ascensor en una comunidad de propietarios es un tema que suele generar bastante controversia, porque la derrama que hay que aprobar en estos casos es alta. Sin embargo, la legislación ha regulado este tema muy bien para evitar que la oposición férrea de algunos pueda perjudicar a otros.

Cómo se decide poner un ascensor en una comunidad de vecinos

Las comunidades de vecinos pueden decidir instalar un ascensor por dos motivos. El primero de ellos, el más habitual, es para mejorar la finca y la calidad de vida de los vecinos. El segundo es por necesidad, cuando existe alguien que requiere de este dispositivo para poder salir a la calle.

Esto hace que en la instalación de ascensor las mayorías sean diferentes en cada caso.

Instalar ascensor para mejorar la finca

Cualquier vecino puede presentar a la Junta la propuesta de poner un ascensor. El proyecto saldrá adelante si obtiene el voto favorable de la mayoría de los asistentes siempre que, a su vez, representen la mayoría de las cuotas de participación.

La aprobación de este proyecto suele dar lugar a una derrama para el abono de la obra. Derrama que deberán pagar todos los vecinos, con independencia de si han asistido o no a la reunión, y de si han votado sí o no.

Instalar el ascensor por necesidad

A solicitud de un vecino que sea mayor de 70 años o con una diversidad funcional (o en cuya vivienda o local, vivan, trabajen, o presten servicios voluntarios estas personas), se procederá a llevar a cabo la obra, sin necesidad de que exista acuerdo previo de la Junta, si el coste que deben asumir los propietarios no excede de 12 mensualidades ordinarias de gastos comunes (descontadas subvenciones y ayudas públicas).

Si la cifra a pagar supera esa cantidad, realizar la obra sigue siendo obligatorio, pero el sobrecoste lo asume el solicitante si los vecinos no llegan a un acuerdo sobre el reparto del coste.

Dónde se puede instalar un ascensor

En Terrassa, la instalación de ascensor en la comunidad se ha convertido en una de las mejoras más habituales en las fincas más antiguas. Porque esta obra permite a los vecinos vivir con más comodidad y, además, revaloriza el precio de los pisos, tanto a la hora de vender como de alquilar.

En el hueco de la escalera

Lo más habitual es intentar hacer la instalación en el hueco de la escalera, pero las fincas más antiguas son estrechas y es común que no quede demasiado espacio. En estos casos, se pueden buscar alternativas, como abrir un poco más el hueco a costa de las viviendas de los vecinos.

La Ley de Propiedad Horizontal dice que los propietarios están obligados a ceder una parte de su casa, siempre que esto no afecte a la habitabilidad. Y, lógicamente, serán compensados económicamente por ello.

Esto puede causar muchos problemas de convivencia y dispara los gastos, así como la duración de la obra, por lo que no se recurre a esta medida, salvo que sea absolutamente necesario.

En el patio de luces

Si el edificio tiene un patio de luces lo suficientemente amplio, la opción más sencilla para la instalación de ascensor es hacerlo en este lugar.

En este caso, habrá que hacer la instalación de forma que el ruido no se convierta en una molestia para los vecinos y que no queden afectadas las ventanas de las viviendas.

En la fachada

La última opción si no hay hueco dentro del propio edificio es recurrir a la instalación en la fachada. Con frecuencia, resulta ser la opción más económica, la más sencilla de llevar a cabo y la que menos molestias genera.

Pasos a seguir para instalar un ascensor en una comunidad de vecinos

Pedir presupuestos

Antes de nada, hay que contactar con varias empresas especializadas y pedir presupuestos. Lo ideal es pedir tres, para hacerse una idea de cuál es el precio medio que tiene la obra. Por otro lado, conviene informarse sobre la existencia de subvenciones y ayudas públicas y en qué condiciones se conceden las mismas, ya que pueden ayudar a ahorrar mucho dinero.

Alcanzar el acuerdo para la instalación de ascensor en la comunidad de propietarios

Ya vimos antes las mayorías y los casos en los que la instalación resulta obligatoria, aunque los vecinos no quieran.

Tras alcanzar el acuerdo, los vecinos deben llevar a cabo la votación para decidir con qué empresa contratan la realización de la obra.

Firma del contrato de instalación y ejecución de la obra

Tomada la decisión, la comunidad contrata con la empresa elegida, se piden los permisos administrativos correspondientes y se lleva a cabo la obra.

Puesta en funcionamiento

Tras la instalación se pasa al proceso de puesta en marcha, que requiere la inscripción en Industria para obtener el RAE. Para ello hay que pasar una inspección, suscribir un contrato de mantenimiento, contar con una línea telefónica vigente.

La instalación de un ascensor en una comunidad de propietarios mejora la vida de todos, y te permitirá pedir una renta más alta por tu piso. ¿Estás pensando en alquilarlo? En Garantiler somos especialistas en administración de alquileres y podemos asesorarte en todo el proceso.

Sin duda, contar con los servicios de un administrador de comunidades de vecinos resulta muy ventajoso a la hora de administrar una comunidad. De hecho, la administración de comunidades  suele traer de cabeza a los vecinos, por eso es mejor externalizar la administración y contar con los servicios de un profesional.


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Por cuánto puedo alquilar mi piso

Por cuánto puedo alquilar mi piso es la duda más frecuente que tienen todos aquellos que se están planteando poner su inmueble en el mercado de alquiler. La cantidad que puedes obtener se verá afectada por diferentes cuestiones, vamos a verlas.

Factores que afectarán al precio del alquiler de tu vivienda

Ubicación

Desde luego, es una de las cuestiones que más inciden en el precio que un propietario puede pedir por alquilar su vivienda.

Los posibles inquilinos tienen muy en cuenta el lugar en el que se encuentra el inmueble y los servicios y dotaciones que hay cerca del mismo. Un piso cercano al transporte público, a zonas verdes, con fácil acceso a supermercados y zonas de ocio, tendrá siempre una renta más alta que otro ubicado en un barrio más antiguo y con menos servicios.

Demanda

La demanda en el mercado de alquiler, como en el de compraventa, es variable, pero en los últimos años ha mostrado una clara tendencia alcista. Ciudades como Terrassa han experimentado un gran incremento en la demanda de alquileres, y eso ha hecho que los precios se incrementen.

A medida que aumenta la demanda disminuyen los pisos disponibles para alquilar, puesto que los que están en el mercado no tardan mucho en encontrar inquilino. Esto provoca que los pisos disponibles sean escasos, lo que da lugar a una subida de los precios.

Estado de la finca

A la hora de calcular el alquiler de un piso hay que tener muy presente el estado en el que se encuentra la finca si se trata de un piso, o la urbanización en su conjunto si es una vivienda unifamiliar.

Los inquilinos prefieren vivir en lugares tranquilos y con todas las comodidades, por lo que en las comunidades bien cuidadas y con buen ambiente el precio de alquiler puede llegar a ser más alto.

Un piso en una finca bien cuidada, con ascensor, limpia, y sin problemas importantes de convivencia, se alquilará antes y por una renta más alta que uno que esté en una finca con aspecto más descuidado.

Estado de la vivienda

Sin lugar a dudas, lo que más va a influir en la decisión del posible inquilino es el estado en el que se encuentra la vivienda. Si te preguntas, “¿por cuánto alquilar mi piso?”, te aseguramos que no tendrás problema a la hora de pedir una renta más alta si la casa está en buenas condiciones.

Puedes mejorar su estética con una pequeña inversión en una obra que arregle los desperfectos más evidentes. En caso de que desees alquilar el piso amueblado, procura que el mobiliario se adapte al tipo de inquilino que te interesa.

Cómo calcular el alquiler de tu piso o casa

Cuidado con el precio de mercado

Muchos propietarios determinan el precio de alquiler de su vivienda basándose en los precios medios de mercado. Pero, como no todas las viviendas son iguales, esto puede ser un error. Porque podrías acabar pidiendo un precio demasiado alto, lo que te dificultaría el encontrar inquilinos. También puede ocurrir que tu vivienda sea notablemente mejor que lo que hay en el mercado y, si te fijas solo en los precios medios, obtendrías por ella menos rentabilidad de la que podrías ganar realmente.

Estudio de mercado

Un estudio de mercado es mucho más eficiente a la hora de calcular cuál es la renta mensual más justa para pedir por tu vivienda. No se basa en los precios medios del mercado sino en referencias reales de casas o pisos cuyo perfil encaja lo máximo posible con el de tu inmueble y que hayan sido alquiladas en los últimos meses.

Hacer un estudio de este tipo es algo más complejo, por lo que no está de más dejarse aconsejar por expertos en la materia que, además, puedan asesorarte en todo lo relacionado con el alquiler de tu vivienda para que la operación sea rentable y segura para ti. Desde Garantiler, te ayudamos con el mejor asesoramiento para que alquiles tu piso con la mayor seguridad posible.

Partiendo de la rentabilidad que quieres obtener

En este caso hay que hacer cálculos para ajustar el precio de alquiler a la rentabilidad que quieres obtener por tu vivienda. Por ejemplo, si tu piso te ha costado 175 000 euros y quieres obtener una rentabilidad anual del 5 %, eso significa que buscas ganar 8750 euros al año. Dividimos esa cifra entre los 12 meses de año y nos da 729 euros, que es el alquiler que deberías pedir en este caso.

El problema de esto es que el resultado de esta operación matemática puede no coincidir con lo que se considera un precio justo en el mercado. Así que lo ideal es combinar este método con el anterior.

Ya has visto que cuando se trata de determinar por cuánto alquilar tu piso, hay varios factores que influyen en esa cantidad y diferentes formas de calcular cuál es el precio más adecuado. Lo más conveniente en estos casos es que te lo tomes con tranquilidad y te dejes asesorar, así te aseguras alquilar tu casa pronto y a un buen precio.

Desde Administración de Alquiler Garantizada ofrecemos a nuestros clientes el mejor asesoramiento legal en materia de arrendamientos, además de gestionar de la forma más segura y adecuada el alquiler de viviendas en la ciudad de Terrassa, donde este tipo de situaciones puede ser bastante común debido al elevado número de estudiantes de alquiler que llegan cada año.

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